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Tribunal Supremo - EFE

El Supremo rebaja tres años la pena de un ertzaina que abusó sexualmente de su esposa

El agente humilló y chantajeó a su mujer durante al menos cinco años

Bilbao Actualizado: Guardar
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El Tribunal Supremo ha anulado una condena de siete años de cárcel que recayó sobre un agente de la Ertzaintza por violar presuntamente a su esposa. Sin embargo, los jueces le han impuesto una pena de cuatro años por abusos sexuales, pues consideran probado que el policía forzó a la víctima a mantener relaciones a pesar de que no hizo uso de violencia física ni intimidación.

Según afirma El Correo, los magistrados alegan que la mujer no gritó ni ofreció resistencia, por lo que no se produjo una agresión sexual sino un abuso, que tiene un castigo notablemente inferior en el actual ordenamiento jurídico. Por ello, ha cambiado la calificación de los hechos y ha reducido en tres años su estancia en la cárcel.

Asimismo, el agente, que ingresó en prisión preventiva en 2014, continúa siendo responsable de los delitos de detención ilegal inferior a tres días, maltrato en el ámbito de violencia de género en domicilio conyugal, lesiones y maltrato habitual.

Menosprecio, humillación y chantaje

Tal y como informa la cabecera vasca, los hechos tuvieron lugar en la vivienda familiar que ambos implicados tenían en Bilbao hace tres años y medio. El alto tribunal consideró relevante que el agresor fuese ertzaina, pues «condiciona el comportamiento de la mujer cuando comparece cualquier miembro de la Policía porque los ve cercanos a él y no a ella».

Según la sentencia, el acusado menospreció, humilló y chantajeó emocionalmente a la víctima desde el año 2008. En concreto, se llegó a dirigir a ella «en términos tales como puta, calienta pollas, cerda o zorra». El 15 de diciembre de 2013, el agente exigió a su esposa mantener relaciones sexuales en un tono despectivo y vejatorio. Después, la puso boca abajo en la cama y la penetró mientras la sujetaba por los brazos con una mano y ponía el peso de su cuerpo sobre el suyo.

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