Un vigilante del Servicio de Estacionamiento Regulado opera con un parquímetro
Un vigilante del Servicio de Estacionamiento Regulado opera con un parquímetro - DE SAN BERNARDO

El tiempo mínimo de estacionamiento en zona SER será de 5 minutos desde hoy

La nueva ordenanza modifica las tarifas para aparcar en función de la tecnología y de las emisiones contaminantes del vehículo, asociadas a la clasificación ambiental que dictó la DGT

MADRID Actualizado: Guardar
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El tiempo mínimo de pago en la zona del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER)en Madrid capital será de 5 minutos, en lugar de los 20 actuales, desde hoy, cuando ha entrado en vigor la nueva Ordenanza Fiscal que regula la tasa por aparcar en estas áreas. Según ha informado el Ayuntamiento, esta nueva Ordenanza, que se aprobó en el pleno del 29 de diciembre pasado, modifica también las tarifas para aparcar en función de la tecnología y de las emisiones contaminantes del vehículo, asociadas a la clasificación ambiental que dictó la Dirección General de Tráfico.

Así, desde mañana el tiempo mínimo de estacionamiento para los usuarios del SER pasa a ser de cinco minutos –frente a los 20 que tenían que abonar hasta ahora– con el fin de que paguen por el tiempo real que estén aparcados, ya que el Ayuntamiento ha estimado que 5 minutos es el lapso temporal mínimo para realizar cualquier gestión o trámite.

Desde mañana, aparcar 5 minutos costará desde 5 céntimos para las plazas azules y 15 céntimos para las plazas verdes; no habrá cambios en la duración de las plazas de color naranja (de larga estancia, que están situadas en la zona oeste de Madrid), ya que se mantiene en una hora el tiempo mínimo de estacionamiento.

Respecto a la modificación de tarifas, desde mañana cambiarán en función de la tecnología y las emisiones contaminantes del vehículo, asociadas por primera vez a la clasificación ambiental de la DGT, de manera que pagarán menos los vehículos que contaminen menos.

En concreto, habrá 4 tarifas distintas: Para los vehículos de «Cero emisiones», con una reducción del 100% de la tasa, es decir, podrán aparcar sin coste alguno; vehículos «ECO», con una reducción del 50%; vehículos «C», que pagarán un 10% menos; y vehículos «B», que no tendrán reducción ni recargo.

Los vehículos sin etiqueta ambiental (A) tendrán que abonar un recargo del 25%. Son vehículos «Cero emisiones» los ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT, como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros, o vehículos de pila de combustible.

Vehículos «Eco» son turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía menor a 40 kilómetros, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural comprimido o licuado (GNC y GNL), o vehículos de gas licuado del petróleo (GLP).

Respecto a los vehículos «C», son los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014, y vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como diesel, matriculados a partir de 2014.

Finalmente, los vehículos «B» son los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006, y vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2005. Los vehículos «A» son todos los no recogidos en las anteriores etiquetas.

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