La banca se apoyó en normas del PSOE para fijar las cláusulas suelo

BBVA señalaba a sus clientes la legalidad del contrato aludiendo a una orden ministerial emitida por Solbes

Madrid Actualizado: Guardar
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Pese a las fuertes críticas vertidas por el PSOE contra el Gobierno por su gestión del caso de las cláusulas suelo abusivas, la banca se estuvo escudando ante sus clientes en una legislación socialista para mantener estos límites cuando la polémica ya se había desatado. «Las cláusulas que limitan la variación del tipo de interés son legales ya que se encuentran reguladas en una orden ministerial del 5 de mayo de 1994», reza una respuesta del servicio de atención al usuario de BBVA remitida a uno de sus clientes ante una reclamación en mayo de 2011 y a la que ha tenido acceso ABC.

Ayer mismo el presidente de esta entidad, Francisco González, recordó en rueda de prensa que la sentencia del Tribunal de Supremo de mayo de 2013 que abre la puerta a la nulidad de esas cláusulas cambió los criterios de transparencia por los que hasta entonces se regía el sector.

Como fuere, la misiva desarrolla las razones legales que amparaban a la entidad para mantener estas herramientas, y que tienen como protagonista al exgobernador del Banco de España y amigo personal de Solbes, Miguel Ángel Fernández Ordóñez. «La validez de dichos pactos (las cláusulas suelo) ha sido confirmada por el servicio de reclamaciones del Banco de España y ratificada recientemente en el informe del Banco de España emitido en respuesta a una petición del Senado», prosigue en referencia al análisis de estas cláusulas que el supervisor hizo a petición de la Cámara alta.

Un pacto «libre»

Ese texto, elaborado por el Banco de España cuando Fernández Ordóñez ocupaba el cargo de gobernador, amparaba a la banca a establecer esa práctica ya que «las cláusulas que limitan la variación de los tipos de interés son condición esencial del contrato al formar parte del precio, que es la estipulación más importante del préstamo». La misiva de BBVA también recoge la conclusión del Banco de España respecto a que «la fijación de los tipos de interés de las operaciones activas es libre entre las partes».

La entidad recuerda además que el Banco de España había llegado a la conclusión de que esas cláusulas son «positivas desde el punto de vista del coste medio para los clientes bancarios del crédito hipotecario a lo largo de la vida del contrato, de la estabilidad del sistema financiero y de la accesibilidad a largo plazo de la población al mercado de la vivienda». El supervisor advertía así de que su supresión «podría provocar un aumento del coste del crédito y la reducción del plazo de las operaciones».

El servicio de reclamaciones de BBVA consideraba así la cláusula suelo «perfectamente válida», remitiendo al cliente, de seguir insatisfecho, al Defensor de la Clientela o a los servicios de reclamaciones del Banco de España, la CNMV o la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

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