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El SAS deberá pagar 20.000 euros por el retraso en un diagnóstico de cáncer

Un oncólogo del Hospital de La Línea citó a la paciente seis meses después de detectarle un posible nódulo en el pecho

CÁDIZ. Actualizado: Guardar
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Nadie puede decir que Ana M. L. S. habría salvado su vida de haberle detectado a tiempo el cáncer de mama que sufría. Quizá su fallecimiento era inevitable. En todo caso, el retraso que se produjo en el diagnóstico le arrebató «la oportunidad» de recibir un tratamiento temprano y en consecuencia, mejorar su calidad de vida, con menos ciclos de quimioterapia.

Así lo ha reconocido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ha ratificado una condena al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por la que se le obliga a indemnizar con 20.000 euros a la viuda de Ana M. L. S. por la demora de seis meses que se cometió en el Hospital de La Línea en diagnóstico del cáncer. La sentencia, dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, fue dada a conocer ayer por la asociación Defensor del Paciente, cuyo representante en la provincia de Cádiz Luis Ortiz Miranda ha ejercido como abogado de la familia de la paciente.

El Tribunal Superior no ha hecho más que desestimar el recurso de apelación que interpuso en 2010 el SAS contra la anterior sentencia condenatoria, dictada el 11 de marzo de aquel año por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 9 de Sevilla. El Defensor del Paciente recordaba ayer y llamaba la atención de que la aseguradora Zurich, que finalmente debía pagar la indemnización, aceptó en su día la condena, mientras que el servicio de Salud se empeñó en recurrirla.

Han pasado ya más de seis años desde que en mayo de 2005, Ana M. L. S.., de 36 años, masajista y estudiante de Medicina, acudió al citado hospital tras advertir un bulto en el pecho. La joven fue diagnosticada en aquella primera exploración de un «carcinoma ductal infiltrante», y en consecuencia le extirparon el pecho y le aplicaron un tratamiento quimioterápico y hormonal de seis sesiones. Seis meses después, Ana se sometió a una revisión periódica, en la que le volvieron a detectar una mancha cerca del pulmón derecho. Podía tratarse de una reproducción del cáncer, pero el oncólogo que la atendió le quitó importancia y en lugar de repetir un nuevo TAC, la citó a una nueva revisión seis meses después (en octubre de 2006). En la segunda exploración periódica, se le volvió a detectar la mancha (en realidad dos nódulos) y en diciembre, la Clínica Universitaria de Navarra diagnosticó una recidiva metastásica (la reproducción del cáncer) que causó la muerte de Ana dos años después.

La sentencia de 2010 ya indicaba que este error en el diagnóstico precoz «privó a la paciente» de la oportunidad de «iniciar un tratamiento de quimioterpia que evitara el crecimiento del cáncer» y que «al no detectarse en mayo de 2006, tuvo que esperar ocho meses», lo que «facilitó el crecimiento de las células tumorales». Ana murió en enero 2008, después de reclamar durante dos años la indemnización que consideraba justa al SAS. Su viuda continuó en los tribunales esta batalla y aunque reclamaba 60.000 euros por el error médico, al menos ha conseguido que le den la razón con la sentencia del TSJA, que es firme.