Álvaro Pérez Alonso, 'El Bigotes', a su salida de la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. :: EFE
ESPAÑA

El Supremo no juzgará a las fiscales del 'caso Gürtel'

Considera que las dos representantes del Ministerio Público sí que advirtieron de las «irregularidades» que cometía Garzón

MADRID. Actualizado: Guardar
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Un día después de que el Tribunal Supremo anunciara que sentará en el banquillo a Baltasar Garzón por autorizar las escuchas de las conversaciones entre los imputados del 'caso Gürtel' y sus abogados, el alto tribunal hizo ayer público que las dos fiscales del caso, también denunciadas en este sumario, no acompañarán en el banquillo de los acusados al juez suspendido.

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha decidido no admitir la ampliación de querella del abogado Ignacio Peláez, uno de los letrados 'escuchados' en la cárcel de Soto del Real y cuya denuncia primigenia en febrero contra Baltasar Garzón sí que fue admitida por el Supremo y tiene todos los visos de llevar al magistrado al banquillo. El ponente de la resolución conocida ayer, el magistrado José Manuel Maza, no ve indicios de que las fiscales Concepción Sabadell y Myriam Segura incurrieran en prevaricación por haber permitido por «omisión» que Garzón autorizada los 'pinchazos' carcelarios entre abogados y clientes, a sabiendas de que la ley sólo contempla estas intervenciones en el caso de que haya indicios sólidos de que los letrados están cooperando en la comisión de un delito.

Sostiene Maza que Sabadell y Segura no pueden ser cooperadoras necesarias en la prevaricación que se le imputa a Garzón porque «por lo que hasta ahora se conoce, la actitud de las fiscales no fue estrictamente pasiva, ya que en diversas ocasiones pusieron de relieve lo irregular que a su juicio resultaban algunas de las actuaciones y diligencias llevadas a cabo por el instructor».

El Tribunal Supremo reconoce que las dos representantes del Ministerio Público «ciertamente disponían quizá de otras posibilidades procesales más efectivas y enérgicas para impedir u oponerse» a la decisión de Garzón de 'espiar' las conversaciones de Francisco Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez con sus letrados, como hubiera podido ser denunciar estas «fórmulas de la investigación» ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Pero para José Manuel Maza esa posible «actuación incompleta o no exhaustiva difícilmente puede equiparase a la plena omisión», como sostiene Peláez y, desde luego, no es motivo suficiente para imputarles por prevaricación y violación de los derechos fundamentales.

Trajes

La Sala de lo Penal no entra a valorar una de las alegaciones más polémicas de Ignacio Peláez en su denuncia: que las dos fiscales ocultaron la grabación en la que su cliente (Crespo) aseguraba que el presidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps, siempre se había pagado sus trajes. Entiende el Supremo que esa cuestión, al margen de si es cierta o no, nada tiene que ver con la «licitud o no» de las escuchas en los locutorios de la cárcel madrileña, que es exclusivamente lo que se investiga en este sumario del alto tribunal.

El alto tribunal tampoco entra en otra de las acusaciones de Peláez: que Concepción Sabadell y Myriam Segura se 'saltaron' de manera consciente las normas de reparto de la Audiencia Nacional y forzaron que Baltasar Garzón fuera el juez que investigara el 'caso Gürtel', porque consideraban que este magistrado era especialmente proclive a impulsar un sumario que salpicaba a altos cargos del Partido Popular.