Según la ley, todas las actividades tienen que ser gratuitas y formar parte de la libre enseñanza del alumno. :: ÓSCAR CHAMORRO
Jerez

LA JUNTA AJUSTA LAS CUENTAS A LOS COLEGIOS CONCERTADOS

La Consejería sanciona a colegios concertados por el cobro de cuotas y abre el debate de la financiación de la educación

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Todas las niñas y niños de este país tienen garantizado el acceso a un sistema educativo público y gratuito. Pero en la práctica las familias están soportando el coste de servicios y actividades necesarios para la conciliación con la vida laboral, especialmente las que acuden a los centro privados concertados con la Administración Pública. Las familias no sólo se hacen cargo del pago de las cuotas sino que asumen que éste es un poco más elevado de lo que debería. En centros concertados de la provincia se cobra hasta 89 euros al mes por niño en conceptos como actividades extracurriculares, seguro médico, servicio de orientación, asociaciones de padres, entre otros cargos.

Pero este sistema de aportaciones voluntarias está ahora en entredicho desde que la Consejería de Educación sancionase al colegio religioso La Salle de Almería por el cobro irregular de cuotas a las familias. A estas alturas del curso ya son cuatro centros almerienses multados por supuestas prácticas irregulares similares. El importe total de las sanciones supera el medio millón de euros, una cantidad que la Administración ha querido restar de la aportación que hace a los concertados sancionados. La Junta se ha basado para actuar así en la Ley Orgánica de Educación (LOE), que permite las aportaciones económicas sólo si estas son voluntarias y destinadas a determinados servicios complementarios. De hecho, el artículo 88 de la LOE dice textualmente que «para garantizar la posibilidad de escolarizar a todos los alumnos sin discriminación por motivos socio económicos, en ningún caso podrán los centros públicos o privados concertados percibir cantidades de las familias por recibir las enseñanzas de carácter gratuito, imponer a las familias la obligación de hacer aportaciones a fundaciones o asociaciones ni establecer servicios obligatorios, asociados a las enseñanzas, que requieran aportación económica, por parte de las familias de los alumnos.

En el marco de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, quedan excluidas de esta categoría las actividades extra escolares, las complementarias, y los servicios escolares, que, en todo caso, tendrán carácter voluntario». De esta forma, es totalmente legal que los centros cobren por las actividades deportivas, lúdicas, musicales, o de otra naturaleza que hayan organizado. Siempre y cuando se haga constar que son voluntarias. Además, todas estas aportaciones periódicas son comunicadas a la delegación provincial de Educación, que les da el visto bueno. En los cuatro casos denunciados en Andalucía (todos en Almería) la Junta hacía referencia al cobro de unas cuotas cuyo fin no estaba especificado. Según explicó el representante de los trabajadores de los colegios concertados de CC OO en Cádiz, Pablo Morillo, «estas cuotas suelen cobrarse de forma voluntaria para el mantenimiento de los centros, ya que de esto no se hace cargo la Administración en los centros privados concertados». Morillo, que conocía el caso de los colegios almerienses, aclaró que en esta provincia no ha habido problemas con las familias por el cobro de cuotas y explicó el caso como «una equivocación de las direcciones» de los colegios mencionados.

Diferencias

El presidente de las Escuelas Católicas de Cádiz, Juan José Jiménez, fue aún más explícito y apuntó que hay que diferenciar entre los colegios privados, constituidos como cualquier otra empresa, y los privados religiosos, «que no tienen ánimo de lucro». «Cuando un colegio religioso solicita el pago de una cuota a los padres está pidiendo una donación, porque nuestros centros no sólo se dedican a enseñar. Tenemos grupos de fe, catequesis de comunión, entre otras muchas obras». Jiménez especificó que la normativa de Mecenazgo ampara estas peticiones y que «incluso se da un certificado de donaciones a los padres, para que puedan desgravarlo». Esta es la versión de los 80 centros que constituyen las Escuelas Católicas de Cádiz y que Juan José Jiménez representa. Escuelas Católicas tiene un posicionamiento claro ante este tema que resumió su secretario técnico por escrito: «los centros que pertenecen a congregaciones religiosas son entidades beneficiarias de mecenazgo de conformidad con lo dispuesto en la Ley 49/2002, de régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos y beneficios fiscales al mecenazgo, que tienen entre sus fines la defensa de los intereses de la infancia y la juventud. Por tanto, el propio Ordenamiento Jurídico admite la posibilidad de que perciban donaciones». Además, desde esta organización apuntaron que el derecho a percibir aportaciones de carácter voluntario viene reconocido por el propio Parlamento Europeo que, en su Resolución sobre el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, de 14 de marzo de 1984, establece que «el derecho a la libertad de enseñanza implica la obligación de los estados miembros de hacer posible el ejercicio práctico de este derecho, incluido el aspecto económico, y de conceder a los centros las subvenciones públicas necesarias para el ejercicio de su misión y el cumplimiento de sus obligaciones en condiciones idénticas a las que disfrutan los correspondientes centros públicos (...). Sin embargo, esto no es obstáculo para que las escuelas creadas por la iniciativa privada pidan una determinada aportación personal que refleje su propia personalidad y tienda a fortalecer su independencia».

Pero este debate establecido entre la Junta y los centros concertados tiene argumentos de ida y vuelta. Los 23 centros concertados no religiosos de la provincia, representados a través de la CECE, cuyo presidente es el director del colegio gaditano Argantonio, José Manuel García, se mostró contundente con este asunto: «la Junta, no sólo sabe qué cuotas se cobran sino que saben que algunas están infladas y lo consiente». García argumentó que la Administración es totalmente consciente de las cuotas que se cobran, «de hecho, permite que se cobren, aunque sean voluntarias» y apuntó que todos los centros que él conoce prestan servicios y actividades a cambio de las aportaciones, «aquí nadie da nada a fondo perdido». El presidente de la CECE sentenció que la Ley permite estas cuotas porque la Administración paga más por un centro público que en uno concertado, «es más, la partida de otros gastos no se modifica hace años, de ahí que la mayoría de los padres con hijos en la concertada entienden la situación y asumen las cuotas».