El alcalde Enrique Moresco visita las oficinas económicas del Ayuntamiento en una imagen de archivo. :: L. V.
EL PUERTO

El despido del técnico de Serecop se debió a su candidatura por la UGT

El TSJA concluye que la sociedad pública trató de impedir que se presentara a las elecciones sindicales que habían sido convocadas

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

No fue por su condición de militante socialista, pero sí por su candidatura a unas elecciones sindicales en la que llegó a encabezar una lista de UGT. Ése es el motivo verdadero que había detrás del despido de un asesor jurídico que estaba en nómina de la extinguida sociedad pública Serecop -ahora El Puerto Global-, según la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, cuyo fallo fue adelantado ayer por este medio.

El TSJA ve en esta causa-efecto la verdadera historia que escondía el cese laboral de un abogado que se convirtió en eje de una agria polémica entre el Gobierno local y la oposición hace un año. La persecución por razones sindicales es uno de los motivos que convierten en nulo un despido. Y en la sentencia, a la que ha tenido acceso LA VOZ, la magistrada hilvana una serie de acontecimientos para llegar a esa conclusión. El despido se ejecutó el 13 de marzo del año pasado, pero como reza en el dictamen judicial, tan sólo nueve días antes la dirección de Serecop había sido informada mediante el preaviso pertinente de que se iban a convocar elecciones sindicales en dicha empresa de servicios económicos. A esos comicios, el empleado despedido se iba a presentar encabezando la lista del sindicato UGT; por lo que el TSJA entiende que su despido tenía como fin impedirle que optara a ser delegado sindical.

El argumento que utilizó el Ayuntamiento y que ha esgrimido a lo largo del proceso judicial es que el cese laboral se debió a que el convenio de colaboración firmado por Serecop y el área de Urbanismo para asesorar en la regularización de los DSP (desarrollos sin planeamientos) fue eliminado. Este cambio, alegó en su día la concejal Patricia Ybarra, despojaba de funciones al asesor jurídico, que se enfrentó así a un despido objetivo; primer paso dado por la sociedad pública y que le dejaba sin derecho a indemnización.

La polémica del convenio

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia recuerda, como ya hiciera la jueza de lo Social que declaró improcedente la decisión de Serecop, que la finalización del convenio se aprobó en pleno 20 días después de haber sido despedido el técnico. Es decir, que la disolución de ese acuerdo en aras de articular un nuevo procedimiento para regular los DPS, como esgrimió Ybarra, no pudo ser el motivo de un despido que se había decidido antes.

Donde no entra a valorar el TSJA son en las posibles razones políticas que podía haber detrás de la salida del abogado. Nada más producirse ésta, el PSOE no dudó en calificarlo de «cacicada» del alcalde popular Enrique Moresco, ya que el trabajador es militante socialista. Este motivo no ha sido utilizado por la representación letrada del técnico, como sí lo hizo en primera instancia. Si bien, el juzgado de lo Social negó esta posibilidad. Ante la rotundidad del fallo, quizás la parte demandante optó por centrar su estrategia en la persecución sindical.

La sentencia también libra de culpa tanto al alcalde, que en esas fechas era presidente de Serecop, como al gerente de la empresa y al Ayuntamiento por falta de legitimación pasiva. El tribunal no encuentra pruebas de que el despido fuera una decisión acordada por Moresco y condena exclusivamente a Serecop a la readmisión del trabajador.