reglamento interno

El Banco de España modificará su régimen de incompatibilidades

Una norma impide a éstos desempeñar cualquier actividad profesional ligada a las entidades de crédito o a los mercados de valores durante un período de dos años tras su cese

MADRID Actualizado: Guardar
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El Banco de España modificará su reglamento Interno para adaptar el régimen de incompatibilidades de sus directores generales, según un comunicado de este organismo. En la actualidad, los directores generales sólo tienen un periodo de incompatibilidad de seis meses desde su cese para realizar cualquier actividad relacionada con el sector bancario aunque no hubieran adoptado acuerdo alguno respecto a la entidad a la que pretendan incorporarse. Esta limitación afecta igualmente a la posible incorporación de los directores generales del Banco de España a cualquier asociación representativa de entidades de crédito.

Ese periodo será ampliado a dos años, que es el que se aplica al gobernador y al subgobernador y a los altos cargos de la Administración General del Estado. La decisión de la Comisión Ejecutiva del Banco de España se produce tras la polémica surgida por la designación de su ex director general de Regulación José María Roldán como candidato para presidir la Asociación Española de Banca (AEB), lo que provocó el rechazo del Ministerio de Economía. El ministro Luis de Guindos anunció que se ampliaría el periodo de incompatibilidad, competencia que en realidad corresponde al Banco de España en virtud de su estatuto de autonomía. Esta misma semana, la Comisión Europea respaldó al ministro en su intención de endurecer las incompatibilidades.

El Banco de España ha querido precisar que el régimen de incompatibilidad aplicable al gobernador y al subgobernador «es más estricto» que el establecido con carácter general para los altos cargos del sector público estatal durante el mismo período de dos años, ya que «incorpora una incompatibilidad absoluta para trabajar en ciertos sectores», con independencia de que aquellos hubieran adoptado, o no, alguna resolución en relación con una determinada empresa o sociedad privada, como se establece en el régimen general de altos cargos de la administración.

También el aplicable a los directores generales del Banco de España, que está fijado en el Reglamento Interno del Banco de España desde 1996, establece dicha incompatibilidad absoluta para incorporarse a entidades sujetas a la supervisión del Banco de España durante un período de seis meses posterior al cese en el cargo, aunque no hubieran adoptado acuerdo alguno respecto a la entidad a la que pretendan incorporarse. Esta limitación se extiende a la asociación representativa de entidades de crédito.

Aunque en su última reunión, los máximos ejecutivos de los cuatro grandes bancos (Santander, BBVA, Popular y Sabadell) decidieron mantener el nombre de Roldán como candidato a presidir la AEB, dejaron abierta la puerta a introducir nuevos candidatos y a que, finalmente, en marzo sea otra persona la elegida.