POLÉMICA

El izado de la bandera republicana en el Ayuntamiento de Cádiz fue ilegal

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Cádiz declara que la colocación de esta enseña «infringe el ordenamiento jurídico»

El alcalde de Cádiz, José María González 'Kichi', en el momento del izado de la bandera republicana. ANTONIO VÁZQUEZ

ALMUDENA DEL CAMPO

La polémica de las banderas vuelve a la ciudad. El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Cádiz ha dictado sentencia sobre el recurso interpuesto el pasado año 2016 por parte de la Subdelegación del Gobierno contra el Ayuntamiento de Cádiz, que izó una bandera republicana en la fachada del Consistorio el 14 de abril, señalando que «dicho acto no es conforme a derecho» .

Esta actuación volvió a repetirse este año 2017 aunque, en esta ocasión, se eligió otro espacio público para su izado como son las Puertas de Tierra . La exhibición de la enseña republicana en los jardines anexos a este monumento provocó nuevamente la presentación de un recurso por parte de la Subdelegación del Gobierno contra el Ayuntamiento al considerar que no se estaban respetando los símbolos constitucionales .

En la sentencia sobre el primer caso, según informa Europa Press, se recuerda que la Subdelegación argumentaba la vulneración de la Constitución por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas, así como la vulneración del principio de neutralidad y objetividad que debe regir la actividad de las administraciones públicas.

Desde el Ayuntamiento gaditano presidido por José María González 'Kichi' se oponían a dicho argumento señalando que no se podía afirmar que había un «numerus clausus» de banderas que se puedan colocar en el Ayuntamiento, ni que la colocación de otra bandera en el ente local fuera ilegal, siempre que se colocara la del Estado en la forma legalmente ordenada.

Además, el equipo de Gobierno de Podemos manifestaba que la colocación de la bandera de la II República en la ventana situada en el lateral de la fachada del edificio consistorial «se enmarcó ese día (14 de abril) en un acto de reconocimiento y memoria de concejales electos del Ayuntamiento que perdieron la vida por razones políticas al inicio de la guerra civil , no llegando a infringir el principio de neutralidad política».

En los fundamentos de derecho, el Juzgado recuerda, entre otras, la sentencia del Tribunal de Justicia de Castilla León que dice que «no se trata de negar el derecho que tiene cualquier partido o grupo político en su sede o en sus propias dependencias al uso de la bandera que estime conveniente, pero c uando se trata de un edificio público , cual es el Ayuntamiento, no se puede hacer uso en el mismo, ni en el balcón principal, ni en cualquiera de sus fachadas o ventanas , se trate o no de un mástil o cualquier otro tipo de exhibición pública, de otra bandera que no sea la oficial o la propia bandera del municipio , que además deben de ser las aprobadas legal o estatutariamente».

En este sentido, añade la sentencia que «de no hacerlo así y aún cuando también se utilice la bandera de España, se contraviene tanto la citada normativa como el principio de neutralidad política que debe presidir la actuación de la administración pública, y no se puede concluir que la interpretación de la referida normativa permita considerar la existencia de un numero abierto de banderas o un régimen flexible en cuanto a las banderas a ubicar en los ayuntamientos».

El Juzgado declara a su vez en la sentencia que «los municipios, y las Entidades Locales en general, sirven con objetividad los intereses públicos que les están encomendados y actúan con sometimiento pleno a la ley y al derecho». Añade asimismo que «esa objetividad y sometimiento a la ley significa que son entes independientes y no instrumentales ni patrimonializables por organización social, ideológica o política alguna, siendo el ordenamiento jurídico, exclusivamente, el que rige su actuación».

A juicio del Juzgado Contencioso Administrativo, «resulta bastante ingenuo, y no se comparte con ello la defensa de la Administración, que la colocación de la bandera de la II República no contravenga directamente esa organización político-institucional del Estado, al margen de los actos conmemorativos que se hubieran organizado». En este sentido, señala que «con ello se estaría abriendo la veda a actuaciones materiales, de hecho, contrarias a la organización del Estado constitucional vigente y legitimizado ".

Por todo ello, el Juzgado Contencioso de Cádiz ha declarado que la colocación y exhibición de una bandera no constitucional, como la bandera de la II República Española, en el exterior del edificio de una de las fachadas del Ayuntamiento de Cádiz, «infringe el ordenamiento jurídico» .

Polémicas jornadas de memoria histórica

Esta sentencia es la primera de las dos que se estaban esperando conforme a este asunto ya que aún queda pendiente la relativa al izado de una bandera tricolor durante varios días en las Puertas de Tierra con motivo de la celebración en la Casa de Iberoamérica de unas jornadas sobre la Memoria Histórica . Estas jornadas no estuvieron exentas de polémica ya que una de las personas invitadas a ofrecer una charla fue el dirigente EH Bildu, Joxe Martin Abaurrea , concejal en Pamplona. Esta visita originó numerosas críticas en la oposición, sobre todo en el Partido Popular.

La Subdelegación del Gobierno, en este nuevo recurso, argumentaba que «los intereses de cualquier administración local deben ser los generales del municipio y no los del partido político que en ese momento ostente el gobierno municipal ».

Por su parte, desde el Ayuntamiento de Cádiz se defendieron argumentando que esta bandera se había colocado en este lugar porque « simboliza la Memoria Histórica y el cierre de heridas », según manifestó el concejal de Ganar Cádiz, Martín Vila.

El edil añadió entonces que las Puertas de Tierra es un «símbolo memorialista» al estar declarado por la Junta de Andalucía como espacio de memoria histórica, a petición de la plataforma. Vila atacó al Partido Popular al considerar que estaba utilizando las instituciones públicas de forma partidista e insistió en que estaba justificada la colocación de la bandera porque se estaban celebrando unas jornadas sobre la memoria histórica y porque «en este lugar murieron cientos de personas de toda la provincia».

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