Una de las manifestaciones de las enfermeras y los miembros del sindicato CC OO en la Clinica San Rafael contra la falda obligatoria. / FRANCIS JIMÉNEZ
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Mujeres Progresistas vería "justa" la sentencia de Pascual "si también se obligara a enfermeros a llevar falda"

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La Federación de Mujeres Progresistas afirmó hoy que el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a favor de José Manuel Pascual, S.A. en relación a los uniformes de las enfermeras, sería "razonable y justa sólo si a los enfermeros que trabajan en la clínica se les obligara también a llevar falda".

En declaraciones a Europa Press, la presidenta de la Federación, Alicia Vañó, insistió en que la obligación impuesta a las enfermeras de la citada clínica a llevar falda es un motivo de "discriminación", ya que "el uniforme de una enfermera no tiene por qué estar compuesto por una falda, sino que éstas pueden llevar pantalón como lo hacen las profesionales de la sanidad pública".

Asimismo, consideró un "argumento absurdo" que en el fallo se alegue que dicho uniforme se lleve utilizando "desde hace al menos 15 años" sin que hasta la presente --las trabajadoras del Hospital de San Rafael de Cádiz-- se haya presentado "queja o denuncia alguna", pues, en su opinión, "posiblemente si que las haya habido, dándose la circunstancia de que simplemente no se han hecho públicas a través de una denuncia como ha ocurrido en este caso".

"En una clínica privada, la queja es algo muy difícil, porque puede significar el despido del trabajador que no está en circunstancias de poder protestar por algo a lo que se ve obligado, aunque crea que puede estar atentándose contra su propia dignidad", apuntó.

Por otro lado, aseguró que "no tiene sentido" que se argumente que la vestimenta obedece a la finalidad de "dar a la clientela una buena imagen de la empresa", lo que, además, "demuestra una concepción de género y de la sociedad muy tradicionales".

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado la demanda de conflicto colectivo presentada por CCOO contra la empresa José Manuel Pascual S.A. en relación al uniforme obligatorio para las enfermeras y auxiliares de enfermería que prestan servicios en planta y consultas externas, al considerar la Sala de lo Social que no supone discriminación por razón de sexo ni supone un problema en materia de salud laboral.

En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el Alto Tribunal andaluz considera hechos probados que que el uniforme se lleva utilizando "desde hace al menos 15 años" sin que hasta la presente --las trabajadoras del Hospital de San Rafael de Cádiz-- se haya presentado "queja o denuncia alguna" por parte de ningún colectivo de los distintos centros hospitalarios de la empresa --siete en Andalucía-- y añade que, además, el uniforme está recogido en el convenio colectivo.