Juicio a 15 vecinos de Écija por atacar a bomberos en el incendio de 2008 en el que murieron seis personas

La Fiscalía pide más de dos años de prisión y el pago de 2.400 euros de multa por apedrear a los efectivos que acudieron, «tarde» a sofocar el fuego

Vecinos de la familia fallecida en el incendio de Écija esperan a que los bomberos saquen los cuerpos de la vivienda EFE/José Manuel Vidal

ABC

El Juzgado de lo Penal número 15 de Sevilla juzga este miércoles y jueves, 9 y 10 de mayo, a 15 vecinos de Écija acusados de delitos de lesiones al apedrear el 21 de abril de 2008 un camión de bomberos a cuenta de la muerte de seis personas en un incendio declarado en el número 24 de la calle Haya de este municipio.

El abogado de varios de los acusados, Fernando Osuna , ha informado a Europa Press de que el juicio se celebrará finalmente este miércoles y jueves tras varios aplazamientos. Inicialmente fue señalado para el mes de junio de 2016 y, posteriormente para los días 16, 17 y 18 de noviembre del mismo año como consecuencia de la incompatibilidad de agenda de algunos de los letrados que toman parte en el procedimiento.

Debido a que los abogados de algunos de los acusados tenían señalados con anterioridad otros juicios para esta última fecha, el Juzgado decidió aplazar nuevamente la vista oral a los días 6 y 7 de junio del año 2018, que finalmente ha sido adelantado a los 9 y 10 de mayo.

El incendio se cobró la vida de seis personas y como consecuencia de estas muertes, numerosos vecinos que se habían congregado a las puertas del número 24 de la calle Haya, en Écija, apedrearon un camión de bomberos y rompieron las lunas del mismo, entre otros aspectos. Se trataba de una represalia por la supuesta tardanza de las dotaciones de bomberos en acudir al lugar del siniestro.

Frente a la idea de que el servicio municipal de salvamento y extinción de incendios habría tardado entre 30 y 40 minutos en desplazar a sus efectivos, el entonces alcalde de Écija, Juan Wic, defendía que la primera llamada de aviso se produjo a las 7,35 horas de la madrugada y a las 7,40 «estaban en el domicilio y el fuego estaba controlado».

Camión de bomberos con las lunas rotas por el impacto de las piedras EFE

El entonces alcalde astigitano defendía también que el dispositivo movilizado, un cabo y tres bomberos , a los que después se unieron otros dos, con una bomba urbana ligera y un vehículo Pegaso, era el suficiente para actuar frente al citado incendio.

El Sindicato Profesional de Bomberos de Sevilla (SPB), de su lado, defendía esta misma versión y lamentaba el intento de «linchamiento» al que fueron sometidos los bomberos de Écija.

La Fiscalía de Sevilla solicita más de dos años de prisión y el pago de una multa de 2.400 euros para cada uno de los 15 vecinos acusados por un delito de lesiones.

Según indicó el letrado Fernando Osuna, que lleva la defensa de tres acusados, el Juzgado « no tiene más remedio que aplicar la atenuante de enorme retraso », ya que la dilación en celebrar el juicio sobre unos hechos ocurridos en 2008 «es de diez años», añadiendo que el Código Penal contempla que el retraso de un juicio «conlleva el beneficio para los acusados de ver reducidas sus penas considerablemente».

«Rabia, pena y dolor»

El abogado considera que los acusados «se vieron dominados por la rabia, la pena y el dolor, al ver como sus vecinos ardían con su casa sin poder escapar a causa de las verjas que cubrían las ventana s», de manera que, «ante la impotencia de la situación, parte de los allí presentes perdieron el control, alzándose contra los bomberos, que no pudieron hacer nada por la vida de estas personas».

Alegando «intensa alteración psíquica», el abogado defensor pedirá la libre absolución de los acusados , pues considera que, «con el impacto de los seis fallecimientos y la creencia del retraso de los bomberos, se produjo un estado emocional incontrolado en los acusados».

A su juicio, la actuación de los vecinos acusados «estuvo muy mediatizada por circunstancias en las que la voluntad y el conocimiento de la realidad estaban muy distorsionados», de ahí que vaya a solicitar la libre absolución de sus patrocinados o, de manera subsidiaria, que se rebaje la pena «considerablemente» al existir atenuantes.

En este sentido, argumenta que el Código Penal establece como atenuante el hecho de «obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante».

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