El procesado fue declarado culpable por un jurado popular hace unas semanas
El procesado fue declarado culpable por un jurado popular hace unas semanas - ABC
Tribunales

La Audiencia impone 12 años de cárcel al vecino de El Viso del Alcor que mató a su inquilino con unas tijeras

El procesado atacó a la víctima durante una pelea por el impago del alquiler ocurrida en 2015

SEVILLA Actualizado: Guardar
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La Audiencia de Sevilla ha condenado a 12 años de prisión por un delito de homicidio doloso a un vecino de El Visor del Alcor que mató a su inquilino, un joven magrebí, tras una discusión por el impago del alquiler en 2015. Jesús Palma fue declarado culpable por un jurado popular que consideró probado que el acusado «actuó con conciencia del riesgo que creaba para la vida de la víctima» al atacarle con unas tijeras.

La sentencia, conocida este miércoles, descarta que la muerte fuera accidental, tal y como defendió la defensa del acusado en la vista oral, puesto que hay que tener en cuenta la peligrosidad del arma, la repetición de los golpes así como las zonas en las que le clavó las tijeras.

El procesado aseguró que esgrimió las tijeras sólo para asustar a su oponente, cuando éste le atacó porque le había echado de su casa, y que no tenía intención de matarlo.

La resolución firmada por la juez Mercedes Alaya recoge en sus hechos probados que hubo una discusión entre el acusado y su inquilino y un forcejeo entre ambos tras el cual el acusado le clavó las tijeras a la víctima hasta en cuatro ocasiones en la zona del cuello, tórax y brazo izquierdo.

También desestima las eximentes de legítima defensa y miedo insuperable ya que el jurado consideró por unanimidad no probado que con anterioridad a estos hechos la víctima hubiera desalojado la habitación que le tenía alquilada el acusado, que hubiese entrado por la fuerza en la vivienda, que le estuviera destrozando la casa o que la agresión la hubiese iniciado la víctima.

Jesús Palma, que está en prisión desde 2015, ha sido condenado, además, a indemnizar con 9.586 euros a los padres de la víctima y con 47.931 a cada uno de sus dos hijos menores.

La sentencia puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

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