Tribunales

La Audiencia de Cádiz rebaja la pena a cuatro condenados por delitos sexuales por la ley del 'sí es sí'

Los magistrados están revisando todas las sentencias ejecutorias y aplicando la norma del más favorable. De momento no ha habido ninguna excarcelación

La Audiencia de Cádiz está recibiendo las solicitudes de revisión. La Voz

M. Almagro

La aplicación efectiva de la ley del 'solo sí es sí' ya está teniendo sus efectos en Cádiz. La norma, impulsada por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero y que ha levantado una gran polémica desde su aprobación, ha motivado que la Audiencia de Cádiz haya dictado ya cuatro sentencias que han rebajado la pena a cuatro condenados por delitos sexuales en la provincia, según han informado a este periódico fuentes oficiales del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Así, desde que entrara en vigor la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como la ley del 'solo sí es sí', los magistrados de la Audiencia Provincial, concretamente de las Secciones Primera, Tercera y Cuarta, las de jurisdicción penal, están revisando las sentencias ejecutorias dictadas por delitos sexuales en todos sus tipos. Y así han venido también recibiendo un buen número de providencias de las defensas de los condenados en las que se solicita que se les aplique a sus clientes la pena mínima del tipo de delito cometido, acogiéndose al amparo que le otorga esta nueva ley.

De esta manera los magistrados están revisando al detalle cada causa de aquellos investigados por delitos sexuales (violaciones, abusos, pederastia...) que actualmente están en prisión o que tienen que cumplir con dicha pena. De esas cuatro rebajas penales, de momento, no ha habido ninguna excarcelación. Además se informa de que no se están revisando las condenas que están suspendidas, aunque no se han dado más detalles sobre los asuntos en cuestión.

Tras haber unificado criterio en una vistilla celebrada al respecto y de acuerdo a lo establecido por la nueva norma, los jueces de la Audiencia de Cádiz, están siguiendo el criterio que también han tomado otras Audiencias como la de Madrid, Málaga o Granada, por el que se está aplicando la ley más favorable al reo, como establece el Código Penal en su artículo segundo.

Al margen de los diferentes planteamientos que se hagan, la ley del 'solo sí es sí' ha abierto un paréntesis legal por lo que los procesados por agresiones o abusos sexuales pueden verse beneficiados por la reducción en su aplicación a penas menores. Ya la situación cambia cuando existen motivos agravados, si el delito es continuado, contra menores... o atenuantes, como tentativas, etc... Por lo que no existe una norma general para todos y en ello, valorando uno a uno, se están centrando los jueces en Cádiz.

Y las solicitudes van en aumento. A fecha de 23 de noviembre se habían recibido en las secciones penales de la Audiencia gaditana hasta doce providencias, una cifra que se ha incrementado en esta última semana. Y según fuentes consultadas, además de las mencionadas rebajas, los magistrados también han rechazado aplicar reducciones por la nueva ley en otras causas. Es la Sección Cuarta la que mayor número de revisiones está asumiendo de momento.

Pederastas

Algunos casos en los que se han pedido dichas reducciones de penas se refiere a pederastas. Es el caso por ejemplo de dos hombres condenados por esta misma Audiencia a prisión por agredir sexualmente a niños. Uno de ellos fue sentenciado hace ocho años y medio por violar a un chico de diez en la capital gaditana y podría quedar en libertad amparándose en la nueva norma al haber pasado ya el tiempo que con dicha aplicación tendría que haber estado privado de libertad. Este asunto está pendiente de revisión o de comunicación.

El otro, que también está en resolución, se refiere al entrenador y presidente de un club de fútbol de Sanlúcar que abusó y agredió sexualmente y de forma continuada a un niño de 12 años que jugaba en su equipo y al que, según el fallo, amenazaba con no dejarle jugar y contar lo ocurrido, si no le complacía. El Tribunal Supremo lo condenó a catorce años de cárcel.

La Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.

Hasta ahora, la mayor cantidad de revisiones han trascendido en los tribunales de Madrid, donde, hasta la semana pasada, se rebajaron 20 condenas de abusos y/o agresiones sexuales. Además, se han dictado siete excarcelaciones, aunque una no se ha materializado porque el condenado tiene otras condenas pendientes. En estas resoluciones se reducen penas de prisión hasta en cinco años.

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