ANDALUCÍA

El TSJA condena a la Junta a pagar 4 millones de euros a una aceitera

La sentencia, que será recurrida, admite las pérdidas ocasionadas a Hijos de Espuny por la alarma sanitaria decretada en 2001 sobre el orujo

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La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ha condenado a la Consejería a pagar 3.986.053 euros a la empresa aceitera Hijos de Espuny, con sede en Osuna (Sevilla), debido a las pérdidas de la compañía tanto en gastos directos como en lucro cesante en el mercado como consecuencia de la alarma sanitaria decretada en julio de 2001, ante una información aparecida en un periódico checo que indicaba que el aceite de orujo contenía sustancias cancerígenas.

La Junta de Andalucía presentará un recurso de casación contra la sentencia. Según defendió ayer el consejero de Agricultura y Pesca, Isaías Pérez Saldaña, la Consejería de Agricultura «se limitó» a ejecutar medidas dictadas por el Ministerio de Sanidad, dirigido entonces por Celia Villalobos (PP).

Pérez Saldaña recordó que se trató de una decisión de la ministra de Sanidad, quien «directamente determinó la obligatoriedad por parte de las comunidades autónomas de poner en marcha mecanismos de inmovilización del aceite de orujo por el contenido de elementos que podían producir alerta alimentaria». Esta decisión, según explicó, fue notificada a la Consejería de Salud andaluza mediante «los sistemas coordinados de intercambios rápidos de información», con lo que su departamento, a instancias de esta consejería y «a demanda de la normativa del Ministerio de Sanidad, intervino para impedir que se produjesen daños», teniendo en cuenta problemas anteriores como los del aceite de colza o el mal de las vacas locas.

Otras demandas

Pérez Saldaña, quien reconoció que se están tramitando otras demandas presentadas por el mismo motivo contra la Consejería de Agricultura, dijo haber trasladado a los Ministerios de Agricultura y de Sanidad y Consumo «el contenido» de estas cuestiones y concluyó que «habrá que esperar a la determinación de la Justicia». El recurso de casación que ha presentado la Junta de Andalucía implica que, al ser tramitada la sentencia por vía administrativa, la ejecución del pago a la empresa, cuyos intereses ha llevado el letrado Manuel Salinero.