Fernando Sicre - OPINIÓN

Benemérita situación

El Ministro de Fomento no duerme desde que se publicó el Real Decreto-Ley 1/2010

FERNANDO SICRE

El Ministro de Fomento no duerme desde que se publicó el Real Decreto-Ley 1/2010. Debe haberse aficionado a las bebidas isotónicas para mantenerse despierto. A lo mejor hasta promociona la escudería ganadora de la fórmula 1, Red Bull. Dicen que te bebes una lata y te da alas. Así inicié la descripción de la intervención de Pepiño Blanco, cuando militarizó el espacio aéreo, en plena huelga de controladores aéreos. Ahora la Guardia Civil. Es el momento del actual ministro de Fomento. Dos situaciones diferentes por la naturaleza de los conflictos. Dos situaciones análogas por el pagano de la situación, el ciudadano. Y entre tanto, en medio del problema, un Decreto Ley de 1977. Todos temen hacer lo que la responsabilidad y el sentido común exigen: regular el derecho de huelga, acomodándolo a la situación y sobre todo a la doctrina que poco a poco ha ido elaborando el Tribunal Supremo. El DL 17/1977, de relaciones de trabajo, es una norma de carácter preconstitucional, es una anomalía legislativa que exige una nueva regulación, entre otras cosas para que la ciudadanía no quede hecha rehén cada vez que exista una conflicto. Los diferentes supuestos de hecho que hacen rehén a la ciudadanía, siempre contemplan a una empresa pública y sus trabajadores, bien a una empresa concesionaria de servicios públicos o en su caso, a una subcontratista de una Administración prestadora de un determinado servicio público. Los casos se repiten, tanto en 2010, como ahora. Antes empleados públicos con estatus especial y privilegiado incomprensiblemente. Ahora, la empresa concesionaria del servicio público se muestra incapacitada para la gestión asumida, primero con huelgas intermitentes de carácter parcial, incomprensibles bajas de más de 40 trabajadores de los que deben asumir los servicios mínimos y la asunción «irresponsable» del trabajo a reglamento. En fin, lo de siempre cuando existe un conflicto en un servicio público. Solo un ejemplo. El mes pasado ha habido una convocatoria de huelga en los trenes de larga distancia, convocada por menos del 1% de las plantillas totales de los que prestan los diferentes servicios. Resultado, uno de los días de la convocatoria, más de 200 trenes suprimidos.

Pero vayamos volando a Barcelona. Sí es que podemos, porque es posible que el avión sea desviado por colapso aeroportuario. Sí nos atenemos a la información publicada el conflicto es difícil de entender. Todo indica que el precio del coste del servicio de seguridad en el Prat ha subido un 27% en relación con el anterior. Que la actual empresa bajó el precio de la licitación en un 2% sobre el ofertado por la anterior que lo prestaba y que pretendía seguir prestándolo. Que no ha habido un nuevo convenio colectivo de aplicación, por lo que las condiciones de trabajo se regulan por el mismo. Que las horas extraordinarias en el caso de su realización son en principio voluntarias, salvo acuerdo expreso a contrario. El incremento de actividad ha sido resuelto a los efectos del cumplimiento del contrato por la empresa, suplementando el Gestor aeroportuario una cantidad sobre la inicial recogido en el pliego de condiciones de medio millón de euros, lo que se traducía en nuevas contrataciones…

Otra cuestión interesante de saber. Los independentistas catalanes han vuelto a enturbiarlo todo. Porque es la Generalidad catalana desde siempre la competente en la gestión de las relaciones laborales y conflictos colectivos, entre otras muchísimas cosas.

En fin, el bachiller Pepiño se invistió de Capitán General del aire por un día. Ahora, el insigne Ingeniero se coloca el tricornio. Y eso que el Tribunal Supremo permite que se subcontraten servicios en una huelga. En una sentencia reciente consideró, que los clientes de la empresa principal que no formen grupo con ella puedan subcontratar servicios, aunque esta acción neutralice la huelga. Impedirlo, supone una protección «totalmente exorbitante» del derecho a la huelga. Eso decía la sentencia. «Así se las ponían a Fernando VII». «Así se lo ha puesto el Supremo al Gobierno. A lo mejor es que quiere hacer una avanzadilla para el 1 de octubre. Entonces, bienvenido sea benemérito cuerpo.

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