Pasillos de las habitaciones del CIE de Aluche
Pasillos de las habitaciones del CIE de Aluche - efe

Privan de comida a los internos del CIE de Aluche por el supuesto caso de Ébola

El Juzgado de Instrucción 6 de control del CIE requiere al director del centro a que no vulnere Derechos Fundamentales como el de la dignidad de las personas

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Los síntomas que padecía uno de los internos del CIE de Aluche a principios de octubre parecía indicar que podía estar contagiado por ébola. Se desconoce si el director del centro o los agentes policiales tomaron como medida privar a varios de los recluidos de desayuno y almuerzo para evitar contagios. Los funcionarios se colocaron mascarillas y los custodiados no obtuvieron ni alimento, ni información, ni ningún tipo de medida preventiva para evitar una posible infección.

Tras conocer estos hechos diversas Organizaciones No Gubernamentanles dieron traslado de la denuncia al Juzgado de Instrucción número 6 de Madrid en funciones de control del CIE.

Requerimientos

El juez Ramiro García de Dios Ferreiro ha hecho varios requerimientos al director del centro mediante un auto.

En el mismo determina que «bajo ningún concepto un protocolo policial es norma jurídica» y no «puede violar Derechos Fundamentales de los internos y mucho menos atacar a la dignidad de las personas».

El magistrado es contundente también al afirmar que tampoco se puede privar de alimento diario. «Constituye una arbitrariedad policial inadmisible» con el pretexto como «hipótesis de que un interno pudiese eventualmente estar afectado» por ébola que se trate a «seres humanos» «como mera mercancías u objetos almacenables».

Más quejas por desatención médica

Informa el juez de que estos Juzgados de Control han recibido numerosas quejas por la desatención médica o por insuficiente atención. De este modo, requiere a que se reciban diariamente los alimentos y que si hay sospechas de enfermedades infecciosas se dé el sustento en las habitaciones; que se proporcionen mascarillas a todos los internados; que se dé información a los recluidos de lo que ocurre; que se mantengan dos habitaciones vacías para posibles enfermedades contagiosas, y que «bajo ningún concepto» sean los agentes quienes decidan qué internos o internas van un día u otro a recibir asistencia médica».

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