«¿Puedo bajar a la piscina de mi urbanización?»

Las familias deben estar en contacto más que nunca con sus administradores de fincas para conocer la nueva normativa que conlleva el uso y disfrute de esta zona recreativa

Piscina comunitaria VALERIO MERINO

S.F.

Con el verano a la vuelta de la esquina, muchas son las familias que ni si quiera saben si este año podrán disfrutar de la piscina . La apertura de estas áreas recreativas está permitida desde la fase 2 de la desescalada pero con un aforo máximo del 30%, «siempre que sea posible respetar la distancia de seguridad entre usuarios de dos metros. En caso contrario se reducirá dicho aforo a efectos de cumplir con la distancia de seguridad», indica el BOE. Esta normativa, sin embargo, no afecta a las piscinas privadas.

Las familias, por tanto, deben saber en primer lugar en qué fase se encuentra su lugar de residencia . Y, en segundo lugar, deben estar al día de las decisiones de los administradores de fincas , ya que son los que se encargan de adaptar las instalaciones a la nueva situación. Cabe recordar que la transmisión del coronavirus en playas y piscinas es muy poco probable .

Así, los canarios son los primeros afortunados en darse un chapuzón. En Tenerife ya se han abierto la mitad de las piscinas de las comunidades, según el Colegio de Administradores de Fincas (CAF) de Santa Cruz de Tenerife. Y lo han podido hacer tras adoptar determinadas medidas de delimitación de espacios, control de aforo, desinfección y turnos.

Las familias madrileñas, sin embargo, van un paso por detrás. Y aún les quedan varias semanas para combatir el calor con la piscina. Es probable que algunas se queden sin abrir porque no puedan adaptarse a las nuevas medidas. Y es que la adecuación de las instalaciones es vital.

Lo que está claro es que, este año, la piscina se disfrutará de manera muy diferente , pues hay que cumplir con el distanciamiento social y demás medidas higiénico-sanitarias . La Asociación Madrileña de Empresarios de Mantenimiento de Piscinas tienen ya previstas la cita previa, el control del aforo, la limpieza y desinfección o la exigencia de un mayor control de la calidad del agua.

Con mascarilla en la piscina

Igualmente, el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) recuerda a las comunidades de propietarios que el uso de la mascarilla es «obligatorio en las zonas comunes cerradas» y, en el caso de las abiertas, « cuando no se pueda cumplir la distancia de al menos dos metros «.

En este sentido, reitera que el uso de mascarilla será siempre obligatorio «en zonas comunes cerradas», tales como «la entrada y salida del portal, las escaleras, pasillos y vestíbulos, el ascensor, los cuartos comunes de instalaciones o el garaje», explica en una nota el Colegio.

En cuanto a los espacios comunes al aire libre , CAFMadrid especifica que su uso será obligatorio en jardines y piscinas, «cuando no se pueda cumplir la distancia de al menos dos metros» y «siempre y cuando esté permitido su acceso a las distintas instalaciones según las fases de desescalada».

Además, recuerda que solo las personas de más de seis años «están obligadas al uso de la mascarilla, aunque es igualmente recomendable para niños de entre 3 y 6 años», tal y como determinó el Ministerio de Sanidad.

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