El alcalde de Vigo, Abel Caballero, durante un pleno del ayuntamiento
El alcalde de Vigo, Abel Caballero, durante un pleno del ayuntamiento - EFE
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El juzgado suspende cautelarmente el Área Metropolitana de Vigo

El auto da respuesta al recurso presentado por la Xunta de Galicia el pasado 20 de enero contra su constitución

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El juzgado de lo contencioso administrativo número uno de Vigo ha resuelto la suspensión provisional del funcionamiento del área metropolitana y de todos los órganos que la componen, así como, una vez notificada esta resolución, de la eficacia de todos sus actos.

El fallo, que puede ser apelado, ha sido divulgado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y el motivo en el que se fundamenta obedece a que el juez encuentra presuntas nulidades en el acto en el cual quedó constituido este organismo supramunicipal el pasado 1 de diciembre.

El magistrado ahonda en que se suscitó un debate sobre la concurrencia de los requisitos legales necesarios para declarar la constitución del Área, por la inválida constitución de la mesa de edad y también ante la falta de acreditación de la integración del transporte municipal de Vigo en el metropolitano.

«La integración del transporte urbano vigués en el Plan metropolitano autonómico se erigía, para el legislador autonómico, como clave de bóveda del sistema, como 'conditio sine qua non', para la puesta en marcha del Área; sin ella, el funcionamiento del Área volvería a ser, como cuatro años atrás, una quimera», especifica este texto legal.

También considera el juez que al tener conocimiento la mesa de edad de la irregular designación de los representantes de Gondomar y Moaña, «en ese momento mismo tendría que haberse suspendido la sesión» constituyente del Área.

Abunda en que, consciente de la irregularidad con las credenciales de los ediles de Gondomar y Moaña y por la efectiva integración de Vigo en el transporte metropolitano, el presidente de la mesa de edad, el alcalde de Salvaterra, Arturo Grandal, «concluyó que lo procedente era levantar la sesión».

Sin embargo, la sesión constituyente prosiguió con la ausencia de Grandal y de todos los representantes del PP, y en este sentido el magistrado hace hincapié en que los supuestos legales de sustitución del presidente de edad son vacante, ausencia y enfermedad, ninguno de los cuales se dio en este caso.

Hace hincapié en que el secretario de la mesa, a la sazón del Ayuntamiento de Vigo, «careciendo de facultad de dirección de la asamblea (...) asumió, voluntariamente o por la fuerza del devenir de los acontecimientos, la continuidad con el orden del día programado», con la declaración de constitución del Área y la proclamación de Abel Caballero como su presidente.

«Se hace patente que toda la actividad y todas las actuaciones ulteriores al cierre de la sesión efectuada por el presidente de la mesa de edad aparentan nulidad de pleno derecho», concluye el juez.

La Xunta presentó un recurso el pasado 20 de enero en el que pedía que se adoptasen medidas cautelares al entender que no se habían dado los presupuestos legales necesarios para la activación legal y puesta en marcha de este órgano.

Antes de conocerse este pronunciamiento judicial, el presidente del Área, Abel Caballero, decidió a principios de marzo no convocar más el órgano del gobierno tras varias reuniones a las que se no acudieron representantes del PP.

En paralelo, Caballero anunció que propondría a los regidores implicados en el gobierno del Área Metropolitana suscribir acuerdos bilaterales que permitan a los ciudadanos tener las ventajas que refleja el convenio de transporte firmado con la Xunta.

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