JUICIO

El fiscal ve «motivación suficiente» en el crimen de la desbrozadora para no rebajar la pena de 17 años

Ha manifestado que la «pena es correcta»

El crimen ocurrió en A Cañiza wikimedia

EFE

El fiscal en la vista de apelación del conocido como «crimen de la desbrozadora» entiende que «hay motivación suficiente» en el acusado para no rebajar la pena de 17 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra , con lo que ha manifestado que «la pena es correcta ».

La sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha acogido este martes la vista de apelación del crimen cometido en A Cañiza (Pontevedra) y cuyo autor fue condenado por la Audiencia Provincial el pasado mes de abril a trece años de prisión por un delito de asesinato y a cuatro por uno de homicidio en grado de tentativa .

A la hora de dictar la pena, la Audiencia había aplicado una eximente incompleta por considerar acreditado que el sospechoso sufría una «limitación parcial» de las capacidades psíquicas cuando cometió los hechos.

Los hechos ocurrieron en junio de 2017 cuando el condenado, el vigués José Luis V.A, atacó a su vecino y a su hija con una desbrozadora encendida, causándole la muerte al hombre y provocando lesiones muy graves a su hija en un camino por el que mantenían disputas desde hacía tiempo.

En la vista de apelación en la que han recurrido contra la sentencia, la defensa del condenado ha considerado que la pena es muy elevada y ha pedido rebajarla en dos grados o subsidiariamente en uno.

Así, la abogada se ha acogido al «estado psicológico » del defendido que, ha argumentado, tenía sus «capacidades mentales disminuidas» y las «cognitivas limitadas» en el momento de los hechos.

Ante esta alegación, el fiscal ha destacado que en la sentencia ya se ha aplicado una eximente incompleta por las «capacidades psíquicas parcialmente afectadas» que recogen los informes forenses y ha señalado que en el ataque a la hija no hay nada «que justifique la rebaja de la pena».

Así, ha dicho que la sentencia está «perfectamente motivada» y ha hecho referencia a la conducta del procesado que se mostraba «agresivo» persiguiendo a la víctima, por lo que, ha manifestado, no hay motivo para aceptar este recurso.

Por su parte, la acusación ha pedido que el delito de homicidio en grado de tentativa se eleve a «asesinato en grado de tentativa», ya que alegan que en el ataque a la hija también hubo «alevosía más que evidente» pues, pese a que la sentencia dice que ella se pudo escapar, argumentan que intentaba «detener» la «agresión contra su padre».

También ha solicitado que se eleve la pena impuesta por asesinato a veinte años, ya que según la prueba forense «no existe patología clara» que modifique su capacidad de comprensión, con lo que ha defendido que en todo caso se podría considerar un atenuante simple y no una eximente incompleta.

Respecto a la alegación de la acusación, el fiscal ha dejado claro que es imposible elevar la tentativa de homicidio a una tentativa de asesinato porque, según la sentencia, es un hecho probado que no hubo alevosía en esta parte, por lo que no se puede incluir.

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