Imagen de la vicepresidenta de la Generalitat Valenciana, Mónica Oltra, este jueves en rueda de prensa ROBER SOLSONA
Toni Jiménez

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La Fiscalía Superior de la Comunidad Valenciana considera que la gestión de la vicepresidenta de la Generalitat, Mónica Oltra , y su equipo de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, en el caso de abusos sexuales a una menor tutelada de 14 años por parte de su entonces marido, podría ser constitutiva de prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delitos.

Así lo destaca en un escrito de 69 páginas -al que ha accedido ABC - remitido a la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia que debe decidir si imputa o no a la vicepresidenta -aforada por su condición de diputada autonómica- en la causa con trece cargos y funcionarios del departamento autonómico investigados por el presunto encubrimiento del educador Luis Ramírez Icardi, condenado a cinco años de prisión y a la espera del recurso en el Supremo.

El titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia elevó al TSJ una exposición razonada , que la acusación pública reproduce en su informe, para que la dirigente de Compromís compareciera como investigada en el procedimiento ante unos indicios que el Ministerio Público considera «relevantes».

En ese sentido, solicita al alto tribunal que «se realicen cuantas diligencias sean precisas para completar la investigación de los hechos -ocurridos en 2017- y la determinación del grado de participación de la persona aforada», pero no valorará hasta «un momento posterior» si toda la causa debe concentrarse en la misma Sala -que considera competente para ese fin- o no.

«En el relato de hechos, en los términos contenidos en la Exposición Razonada, se puede advertir indiciariamente una línea directriz a lo largo de los mismos: en una primera parte un proceso de ocultamiento de los hechos por parte de organismos de la Conselleria de Igualdad de la Generalitat Valenciana y, en segundo lugar, un proceso de descalificación de la credibilidad de la menor por parte de dichos organismos», indica la fiscal Teresa Gisbert.

Al respecto, califica la actuación inicial de la Generalitat, cuando la menor relató los abusos en febrero de 2017, como « incompatible e incomprensible con la gravedad de los hechos», pues «no solo no se denuncian», sino que tampoco se ponen en conocimiento de la Policía, ni de la Fiscalía de Menores ni de la Administración de Justicia» hasta cuatro meses después, en junio, tras conocer el relato dos agentes que acudieron por otro asunto a la residencia.

Unos comportamientos, asevera el Ministerio Público, que «evidencian indicios, de una intensidad bastante, que dejan entrever de nuevo la escasa, desidiosa o nula voluntad de proceder al esclarecimiento de los hechos» pese al «elevado número de cargos públicos» que sabían lo ocurrido, «impidiendo de esta forma una investigación policial, fiscal y judicial». Esta actitud «pasa a ser comprensible cuando se descubre que el autor de los abusos denunciados era el marido» de la consellera.

De hecho, la Fiscalía atribuye íntegramente a Oltra el presunto delito de prevaricación al entender que fue ella quien ordenó abrir una investigación paralela a la judicial -cuando se enteró en agosto de lo ocurrido porque un juez ya había decretado una orden de alejamiento del agresor sobre la víctima- para «desvirtuar la credibilidad de la menor» .

«No de otra manera se explica el comportamiento» de los funcionarios a su cargo, «ocultando y desacreditando». « Supone un plan preestablecido . Es evidente que esta orden no fue escrita, dada su flagrante ilegalidad, sino verbal. Y fuerte indicio de que dicha orden fue emitida por la aforada es que todos los que intervinieron en los hechos mantuvieron siempre [...] la misma versión exculpatoria de la Conselleria de Igualdad», subraya el escrito.

«Es imposible que funcionarios de tan diversa naturaleza y categoría, desde técnicos en menores a psicólogos, jefes de servicio y directores de centro y territoriales mantuvieran unánimemente la misma versión de los hechos, lo que constituye un fuerte indicio del sentido de dicha orden verbal que evidencia su carácter de arbitraria e injusta, carente de toda justificación y apoyo en Derecho», argumenta Gisbert.

El expediente reservado, que exculpaba al agresor, se envió en diciembre a la Fiscalía, pero se traspapeló y obligó a repetir parcialmente la vista oral contra Icardi con idéntico resultado. El Ministerio Público lo define como «superficial» y percibe «una línea de ocultamiento de los hechos» para beneficiar al condenado y la máxima responsable de Igualdad. En resumen, entiende que cuando la Conselleria ya no podía controlar lo ocurrido quiso exculparse y utilizó la investigación como «medio idóneo para eludir las posibles responsabilidades políticas y/o penales ».

La causa tiene su origen en el fallo contra Icardi de la Audiencia de Valencia y su ratificación en el TSJ. Ambos incidían en el desamparo de la menor por parte de quienes tenían que protegerla y la existencia de una investigación «parajudicial». Tanto la defensa de la víctima -ejercida por el lider de España 2000-, como la asociación presidida por la cofundadora de Vox Cristina Seguí, llevaron el asunto a los tribunales. La formación de Santiago Abascal también está personada como acusación popular.

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