Imagen de la abogada de Ausbanc Rosa Pi tomada este viernes en Valencia
Imagen de la abogada de Ausbanc Rosa Pi tomada este viernes en Valencia - EFE
TRIBUNALES

La Audencia de Valencia suspende las causas sobre la cláusula suelo a la espera de que se pronuncie la UE

En un préstamo hipotecario, la cláusula suelo supone el cobro de un interés fijo, aunque baje el tipo de interés por debajo de lo firmado

VALENCIA Actualizado: Guardar
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La Audiencia de Valencia ha suspendido la tramitación de procedimientos relacionados con la cláusula suelo en préstamos hipotecarios hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre la retroactividad de esta cláusula, ha informado la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc).

Según la Asociación, en los últimos meses, la Audiencia condenaba a las entidades que aplicaban cláusula suelo a eliminarla de los contratos y reintegrar lo percibido por ella desde mayo de 2013, hasta que el Tribunal Supremo resolvió una demanda colectiva de Ausbanc contra BBVA, Cajamar y Abanca (antes CaixaGalicia) y declaraba esta cláusula "ilegal, abusiva y, por tanto, nula".

No obstante, en una providencia fechada esta semana, la Audiencia Provincial cambia de criterio y pospone la resolución de un proceso que dirime, de un particular contra Banco Popular Español, a que el Tribunal europeo se pronuncie sobre la retroactividad de la cláusula.

En la providencia, de la Sección Novena y a la que ha tenido acceso hoy EFE, la Sala, dado que la cuestión a resolver "puede verse directamente afectada" por el pronunciamiento del TJUE, acuerda "suspender el curso de las actuaciones en tanto no recaiga sentencia en aquel".

También acuerda "proceder a la inmediata resolución del presente recurso una vez se tenga conocimiento" de lo decidido por el Tribunal de la UE.

En concreto, el Tribunal con sede en Luxemburgo delibera sobre una cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada, en una demanda de Ausbanc Abogados contra Cajasur, en la que se reclama que la entidad bancaria no devuelva al cliente las cantidades relativas a esta cláusula desde mayo de 2013 sino desde que se contrató la hipoteca.

En un préstamo hipotecario, la cláusula suelo supone el cobro de un interés fijo, aunque baje el tipo de interés por debajo de lo firmado en el contrato, y, según Ausbanc, y tal y como resolvió el Supremo, esta cláusula ha supuesto condiciones abusivas para los clientes.

Según ha apuntado Rosa Pi, de los servicios jurídicos de Ausbanc, la Comisión Europea solicitó recientemente al TJUE que se pronunciara en el sentido de que la declaración de nulidad de esta "cláusula abusiva" debía conllevar la eliminación de sus efectos desde el inicio del contrato, "alineándose de esta forma en la tesis que sostiene Ausbanc desde el inicio de este contencioso".

La nulidad de la cláusula ya ha sido declarada -y definitivamente resuelta- por el Tribunal Supremo en sentencias de 9 de mayo de 2013, 24 y 25 de marzo de 2015 y 29 de abril de 2015, en recursos de casación tramitados por Ausbanc, lo que "consolida un cuerpo jurisprudencial que declara de manera contundente y definitiva la nulidad por abusiva de la cláusula".

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