Tribunales

Archivada la denuncia de ERC contra el alcalde popular de Crevillent por prevaricación

El juzgado no aprecia delito medioambiental de la planta de residuos y apunta a posibles tensiones entre Asencio y el exinterventor municipal por su petición frustrada de teletrabajo

César Augusto Asencio, en el salón de Plenos de la Diputación de Alicante JUAN CARLOS SOLER

EP

El juzgado de Instrucción 4 de Elche (Alicante ) ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa contra el alcalde de Crevillent y vicepresidente de la Diputación de Alicante, el 'popular' César Augusto Asencio , y la empresa de tratamiento de residuos Abornasa , por supuestas irregularidades en la adjudicación y prórroga del servicio en el municipio, que se concedió en 1997 y que se fue ampliando y modificando hasta la última adjudicación de 2013.

La causa se inició a raíz de una denuncia interpuesta en 2014 por dos concejales de ERC y a la que se sumó posteriormente el Observatorio Ciudadano Contra la Corrupción (OCC).

Según se recoge la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, de lo actuado "no aparece debidamente justificado" un delito contra el medio ambiente del que se acusaba a la empresa de tratamiento de residuos por presuntamente tener una planta en suelo protegido ni el de prevaricación administrativa que se atribuía al consistorio por prorrogar el contrato con la concesionaria.

Respecto al delito contra el medio ambiente, el juzgado considera que se debe "descartar responsabilidad alguna" por la instalación de una planta de tratamiento de residuos en el término municipal de Crevillent, en la zona de amortiguación próxima al parque natural del Fondó, pues entiende que la competencia para resolver sobre ello está "sujeta a la supervisión " de los órganos técnicos de la Conselleria de Medio Ambiente "y no solo del Ayuntamiento (que no de su alcalde)", y que el propio Tribunal Superior de Justicia "considera que la misma no se encuentra en suelo especialmente protegido".

Así mismo, sobre el delito de prevaricación administrativa del que se acusaba al Ayuntamiento y al alcalde por prorrogar el servicio desde su contratación a Abornasa en 1997 y hasta 2013, que se volvió a otorgar por concurso a la misma empresa, el juzgado señala que la prevaricación "requiere patente arbitrariedad y capricho en el dictado de resoluciones", pero recuerda que el TSJCV "señala que no se puede tachar de incorrecta la actuación del Ayuntamiento en la adjudicación, por haber sido los procedimientos acordes a la legislación vigente en cada momento ".

El juzgado alicantino hace referencia a la resolución del TSJCV que dejaba sin efecto la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Elche contra la renovación del contrato de recogida de residuos de 2013.

El exinterventor

En esta causa se encontraba personado como acusación particular el Observatorio Ciudadano Contra la Ciudadanía, del que es presidente honorario el que fuera interventor del Ayuntamiento de Crevillent, Fernando Urruticoechea , que declaró como testigo.

El juzgado considera que Urruticoechea comenzó a denunciar la adjudicación a Abornasa a raíz de "una discrepancia" con el alcalde del municipio respecto a "la posibilidad de realizar parte de su jornada desde casa en lo que se denomina 'teletrabajo'" y que según su versión de los hechos daría lugar a una "situación de acoso" por parte de Asencio.

Así mismo, señala que Urruticoechea también denunció por prevaricación al Ayuntamiento de Castro Urdiales , donde trabajó en el pasado y lo acusó de acoso, en un procedimiento archivado en julio de 2014 "en lo que pudiera ser entendido como un indebido exceso de celo en la función fiscalizadora que le es propia".

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