El juez «alivia» de nueve delitos a la trama de Gao Ping

El magistrado Calama ni siquiera aprecia extorsión, amenazas coacciones o blanqueo

Gao Ping, líder de la mafia china, a su salida de prisión JOSÉ RAMÓN LADRA

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El juez de la Audiencia Nacional que instruye el sumario contra la mafia china liderada por Gao Ping, José Luis Calama, en su auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, fase intermedia antes de la vista oral, ha «laminado» hasta nueve delitos de los que acusaba el Ministerio Público a la trama. Lo hace, además -y esto es lo que más ha llamado la atención a los fiscales del caso- sin justificar en su resolución por qué toma esa decisión; es más, en ningún momento se refiere en su resolución a los cargos que «desaparecen».

La respuesta de la Fiscalía Anticorrupción ha sido inmediata con la presentación de un recurso de apelación ante la Sala de cerca de 190 folios , en los que se hace un minucioso repaso de toda la base probatoria que justificaba sus acusaciones contra la trama mafiosa liderada por Gao Ping.

En el documento, al que ha tenido acceso ABC, se explica que en el escrito de la Fiscalía de 25 de mayo, adelantado por ABC y en el que se pedía el pase a la fase intermedia del procedimiento, se exponían los hechos que se referían a las denominadas tramas A y B, y que «era el primero de los dos» que iba a emitir». El segundo iba a tratar sobre «la denominada operación Chequian»», tanto en su «vertiente de criminalidad organizada como, específicamente, en la de delito contra la Hacienda Pública».

En ese primer escrito se imputaba a la trama de Gao Ping los delitos de organización criminal, falsedad documental, amenazas, coacciones, extorsión, contra la Hacienda Pública, contra los derechos de los trabajadores, contrabando, cohecho, contra la propiedad intelectual e industrial, prostitución, tráfico de drogas y blanqueo. Como se ve, prácticamente todo el Código Penal en lo que se refiere a organizaciones mafiosas.

Solo tres cargos

Pues bien, en el auto del juez se restringen los delitos a solo la organización criminal, contra la Hacienda Pública y falsedad. «No siendo vinculante la calificación jurídica de dicha resolución judicial para el escrito de acusación de la Fiscalía -sostiene Anticorrupción en su recurso-, sí destaca que en el auto ahora impugnado no se menciona razón alguna del no acogimiento de dichas calificaciones jurídicas. Aún más, no se mencionan los delitos que no sean los tres ahora acogidos».

Y añade el recurso: «En nuestro escrito de imputación se decía que las anteriores calificaciones jurídicas se basaban en hechos que fueron objeto de debate en la instrucción. De ellos, la resolución ahora impugnada omite (sin razonar por qué) todos los que no se refieren a los anteriores cuatro delitos» que el juez sí ve como susceptibles de acusar a los investigados.

A partir de ese momento el escrito, apabullante por el material probatorio aportado, se dedica, a aportar la información objetiva utilizada para hacer cada acusación, con profusión de intervenciones telefónicas y documentos aportados al sumario, que de forma un tanto extraña son directamente eliminados en el auto del juez José Luis Calama.

Por ejemplo, en la parte de actividad criminal de la trama de Gao Ping el magistrado suprime la explicación de los dos niveles de la organización criminal, en el que el primer escalón está reservado al jefe de la organización , y el segundo a los investigados Lin Wei, Yonping Xia, Linghzi Hu Zhou, Haibo Li y el entorno familiar del máximo resposable de la trama.

Penetración en la sociedad

Igualmente, en el auto se quita lo referente al nivel de penetración de la organización criminal en diferentes capas de la sociedad española, en donde se identificaba a policías, guardias civiles y funcionarios que se plegaban a los deseos a la trama a cambio de favores. Las intervenciones telefónicas son explícitas, así como documentos intervenidos, entre otros, a Gao Ping.

Tampoco en el auto se hace mención «ni se explica mínimamente por qué no se acogen (en el auto del juez) hechos que han sido una constante en la instrucción, como es el liderazgo de Gao Ping, el papel de su entorno familiar en la organización, los lugartenientes, los subordinados especializados, los asesores o los blanqueadores.

Obviamente, sin todos estos elementos se hace muy difícil, por no decir imposible, la comprensión de la magnitud de la investigación investigada en la denominada operación Emperador, una de las mayores realizadas en Europa contra las mafias chinas.

Algunos de los implicados, en concreto en los delitos económicos, resultan especialmente beneficiados por las supresiones que hace el magistrado en su auto, hasta el punto de que si la Sala no corrige el criterio del juez instructor sería muy difícil mantener cargos contra ellos.

La operación Emperador es de una enorme complejidad técnica como lo demuestra que se lleven ya nueve años de instrucción. Que haya habido dos jueces encargados del asunto tampoco ha facilitado las cosas.

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