Oriol Junqueras en el Congreso de los Diputados, en una imagen de archivo Reuters

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Si el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ya utilizó a Oriol Junqueras en una ocasión como chivo expiatorio mientras él volaba hacia Bélgica para no afrontar su deuda con la justicia, está dispuesto a hacerlo en una segunda ocasión intentando sacar el máximo provecho a la resolución que Luxemburgo ha dictado sobre la inmunidad de Junqueras.

El prófugo pretende acaparar un protagonismo que ya no tiene haciendo creer a los suyos que si Luxemburgo dice que Junqueras tenía inmunidad desde el momento en el que fue elegido europarlamentario (desde el mismo 27 de mayo), como así lo ha sentenciado hoy la justicia europea , él puede extrapolar esa decisión a su caso, pisar suelo español después de dos años huido e incluso concurrir como candidato a unas nuevas elecciones autonómicas tras la inhabilitación de Quim Torra que se da por segura. Una ensoñación sin visos de prosperar. Y es que si los escenarios que se plantean con la decisión del TJUE son muy variados, e incluso pueden resultar complejos a efectos de su estudio jurídico, ninguno de ellos contempla la opción de que el expresidente de la Generalitat pueda entrar en España con absoluta impunidad. Es tan irreal como pensar que la Embajada alemana le iba a dejar entrar en España como valija diplomática, ironizan fuentes jurídicas.

Partiendo de que la cuestión prejudicial que planteó el propio Tribunal Supremo se refería a una persona concreta ( Junqueras ) inmersa en un procedimiento concreto y con una situación determinada, es a su caso —y no a otro— al que el TJUE se referirá. Cualquier otra lectura que Puigdemont haga de ese pronunciamiento serán conjeturas y confundir al entorno independentista porque «la argumentación jurídica de Luxemburgo está construida para otra persona».

En ese sentido, Puigdemont tendrá que esperar su turno: la respuesta al recurso que su defensa interpuso ante este mismo Tribunal, que de momento no le ha beneficiado mucho: el 1 de julio pasado avaló la decisión del presidente de la Eurocámara, Antonio Tajani , de no acreditar a Puigdemont y a Comin como eurodiputados al no aparecer sus nombres en la lista oficial de diputados proclamados por la Junta Electoral Central . Uno y otro eran conscientes de que si completaban este trámite en el Congreso de los Diputados serían detenidos al estar en vigor la orden de detención nacional. Hoy por hoy esta situación no ha cambiado y su destino volvería a ser el mismo.

Ni inculpado ni procesado

Aunque el TJUE contempla que Junqueras tenía inmunidad desde el momento de su elección (y no necesariamente desde que recogió el acta -trámite que el Supremo le negó-), el tribunal no entra en el alcance de esa inmunidad, que «se establece conforme a las prerrogativas» que cada Estado da a sus parlamentarios. En este sentido, es la Constitución española la que marca los límites de la inmunidad de un parlamentario español, que no podrá ser «inculpado ni procesado» sin previa autorización de la Cámara correspondiente. En este caso tanto Junqueras como Puigdemont están en estadios posteriores a los citados, pues el primero ya está condenado y el segundo fue procesado en su momento en rebeldía.

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