La Abogacía del Estado no ve violencia, sino «incidentes de mayor o menor alcance»

Defiende que los concentrados del 20-S «no buscaban impedir el registro» en la Consejería de Economía

Vista general de la sala EFE | Vídeo: EP

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Quizá en un afán de justificar por qué a apenas unas semanas de comenzar el juicio cambió la calificación jurídica de los hechos –reduciendo a sedición lo que durante la instrucción su compañero Edmundo Val (hoy diputado de Ciudadanos) consideró rebelión–, la abogada del Estado Rosa Seoane dedicó una parte de la exposición de su informe a justificar por qué no acusa de rebelión a los líderes secesionistas. Pero se enredó en su exposición cuando abordó el concepto de violencia, elemento fundamental para apreciar el delito de rebelión.

Seoane reconoció que la violencia no tiene por qué ser física, que puede consistir en intimidación, que no requiere armas y que no puede ser equiparada con el uso de la fuerza. Lo que diferencia considerar el alzamiento de los independentistas como un delito de orden público y no como un delito contra las instituciones del Estado, dijo, está en que en esa violencia tienen que darse dos elementos: que se haya previsto como fin nuclear y que aparezca como «idónea y proporcionada» para obtener un resultado. Ninguno de los dos supuestos analizó Seoane en relación a los dos escenarios en los que esa violencia se manifestó de forma más virulenta: el 20-S y el 1-O.

Sobre el asedio a la Guardia Civil del 20 de septiembre ante la Consejería de Economía, la abogada del Estado se limitó a destacar el papel de Jordi Sànchez y de Jordi Cuixart como líderes de la movilización social, pero añadió, a reglón seguido, que la finalidad de los allí congregados «no era impedir el registro» que se estaba llevando a cabo por orden judicial. Sí trataron de impedir el cumplimiento de la ley el 1-O en los centros de votación «concentraciones masivas de personas dotadas de organización». «Ejercieron una resistencia pasiva , pero también activa», dijo. Y como consecuencia de ello hubo «incidentes de gravedad de mayor o menor alcance».

Además de la movilización social, las otras dos patas en las que se sustentó el plan independentista fueron la actividad parlamentaria y la actividad del Govern. En la primera se basa la acusación de desobediencia , por desoír uno tras otro los mandatos del TC. Sobre los procesados que formaban parte del gobierno de Puigdemont destacó que fueron advertidos de los «riesgos» que suponía seguir adelante con el referendum. Seoane también dio por probada la participación de todos ellos en el delito de malversación , al destinar fondos públicos a la logística del referéndum.

Por su parte, la acusación popular Vox sostuvo que los líderes independentistas consiguieron culminar el «más sofisticado» golpe de Estado que se ha protagonizado en una sociedad moderna. Los letrados Pedro Fernández y Javier Ortega pidieron al tribunal una sentencia condenatoria que, además de castigar a los procesados, sea disuasoria para que hechos como los vividos en Cataluña no se vuelvan a repetir.

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