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El Supremo rechaza que un condenado del 11-M termine de cumplir la pena en Marruecos

El Gobierno alegó que el traslado generaría alarma y conmoción en la opinión pública y las víctimas

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El Tribunal Supremo ha confirmado la decisión del Ministerio de Justicia de denegar el traslado a Marruecos, para que termine de cumplir allí su pena, de Youssef Belhadj, que fue condenado a 12 años de prisión en relación con los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid. Se trata de una decisión discrecional del Gobierno, que alegó que el traslado generaría alarma y conmoción en la opinión pública y las víctimas.

La sentencia dada a conocer este martes, de la que ha sido ponente la magistrada Margarita Robles, confirma la denegación del recurso contra la decisión de Justicia que fue dictada en mayo de 2013 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y recuerda que el Gobierno rechazó el traslado explicando las razones para ello y amparándose incluso en las previsiones del propio convenio existente entre España y Marruecos, por lo que tratándose de un acto discrecional queda descartada cualquier arbitrariedad en la actuación de la Administración.

El alto tribunal incide en que no existe un derecho del preso al traslado para cumplir la pena en su país de origen, sino que esta es una posibilidad que permite el Convenio pero siempre que estén de acuerdo los dos Estados, lo que no es el caso.

La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional ya dijo en 2009 que no procedía el traslado «a la vista de la alarma que ello generaría en la sociedad y en las víctimas», dada la trascendencia que tuvieron los hechos relacionados con el 11-M, con independencia de la autoría o no de tales atentados por parte de Belhadj, que no pudo ser condenado como autor intelectual de los hechos tal y como solicitó la Fiscalía.

Para el Supremo la exigencia de la motivación dada por el Gobierno tiene una importancia capital, pues sirve para diferenciar la discrecionalidad administrativa de la mera arbitrariedad, lo que obliga a la exteriorización de las razones y del proceso lógico que condujo a la decisión final adoptada por el Gobierno.

En este caso, el Gobierno explicó que a la vista de los delitos por los que Belhadj fue condenado su traslado «generaría alarma y conmoción en la opinión pública y las víctimas, poniendo incluso de relieve que tal conmoción se produjo en otros supuestos de personas condenadas».

Yousef Belhadj FUE condenado por integración en organización terrorista, pero ni siquiera en grado de dirigente. La clave para imponer a Belhadj una condena mayor era demostrar que él es «Abu Dujan Al Afgani», el nombre con el que los terroristas reivindicaron los atentados y al que se referían como «portavoz militar de Al Qaida en Europa», pero el tribunal considera que no hay pruebas de ello.

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