Ayudas y becas

La Junta de Andalucía convoca nuevas ayudas de hasta 7.200 euros para autónomos andaluces

Las líneas de subvenciones están destinadas a cubrir períodos de riesgo durante el embarazo, descansos por nacimiento o cuidado de los hijos

Así son las ayudas de hasta 5.000 euros para los nuevos autónomos andaluces: beneficiarios, plazos y solicitudes

El plazo de solicitudes comienza este miércoles 8 de junio ABC

P. T.

Desde este martes 7 de junio está publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la segunda convocatoria de subvenciones destinadas exclusivamente a autónomos por parte de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta. Estas ayudas se han creado para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los trabajadores por cuenta propia.

Se incluyen, por un lado, incentivos para la contratación de personas en desempleo en su actividad económica, lo que les permitiría el cuidado de sus hijos menores de 3 años ; y por otro, la posibilidad de contratar para su negocio una persona que le cubra en los supuestos de riesgo durante el embarazo y en los períodos de descanso por nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.

Estas subvenciones forman parte de la orden reguladora de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo aprobada en octubre del año 2020, que recoge hasta nueve líneas distintas de ayudas destinadas a cubrir un amplio abanico de posibilidades, desde el trabajo a distancia, el cuidado de menores y de personas en situación de dependencia, y hasta la promoción de actividades lúdicas extraescolares.

Las subvenciones publicadas en este BOJA corresponden a las líneas 4 y 5 dirigidas únicamente a los trabajadores autónomos. El plazo de solicitudes para las mismas estará abierto desde este miércoles 8 de junio de 2022, de forma que podrán solicitarse de forma telemática rellenado los formularios disponibles en el catálogo de procedimientos y servicios de la web de la consejería.

Dicho período de presentación de solicitudes continuará abierto hasta el viernes 30 de septiembre de 2022, salvo que, tal como establece la convocatoria, se agote el crédito establecido, fijado en 600.000 euros de euros para ambas líneas de subvenciones, en cuyo caso se comunicaría a través de una resolución. Para la provincia de Sevilla se ha preasignado un crédito de algo más de 98.000 euros en estas dos líneas de ayudas.

Cuidado de menores de 3 años

La línea 4 incentiva con 6.000 euros a las trabajadores por cuenta propia con hijos menores de 3 años a su cargo que contraten a personas en desempleo durante 12 meses, o la parte proporcional que corresponda como máximo hasta que el hijo o hija cumpla 3 años, para que trabajen en su actividad económica o profesional mientras cuidan de sus hijos, ya sea por nacimiento o adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar permanente.

La contratación podrá ser bajo cualquier modalidad, siempre que responda a la necesidad o causa de contratación prevista en esta línea 4 y tengan la duración que exigen las bases reguladoras, pudiendo ser a jornada completa o tiempo parcial, pero no inferior a 20 horas semanales .

La contratación deberá suponer, además, un incremento de plantilla contratada con carácter indefinido respecto al mes natural anterior. La cuantía de la subvención se adaptará proporcionalmente a la jornada en los casos en los que la contratación sea a tiempo parcial.

Los 6.000 euros de las ayudas podrán elevarse hasta los 7.200 euros en los casos en los que la persona desempleada contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad superior al 33 % o víctimas de violencia de género o terrorismo.

Contratos por sustitución

La línea 5 está dirigida a facilitar a las mujeres trabajadoras autónomas su sustitución en sus negocios en los supuestos de riesgo durante el embarazo y en los períodos de descanso por nacimiento de hijo , adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.

La cuantía subvencionable es de 3.200 euros para el contrato de interinidad (contrato de sustitución), en los supuestos de riesgo durante el embarazo, a jornada completa, por un período máximo de 8 meses. Y en los períodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, se contempla un incentivo a la contratación a jornada completa de 1.700 euros por 16 semanas, y de 1.900 euros por 18 semanas para aquellos supuestos que contemple la Ley General de la Seguridad Social en relación con el Estatuto de los Trabajadores.

Estas cuantías se pueden incrementar en un 50 % en los mismos supuestos de la línea 4 (que la persona contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad igual o superior al 33 % o víctima de violencia de género o terrorismo). Asimismo, las cuantías se adaptarán proporcionalmente a la jornada resultante cuando el contrato sea a tiempo parcial, siendo la duración mínima de 20 horas semanales.

Esta convocatoria se une a los distintos incentivos dirigidos al colectivo de autónomos , como la ayuda para ampliar el periodo de tarifa plana estatal, las ayudas para el inicio de actividad, las ayudas destinadas a la modernización en su actividad, o las ayudas para la promoción del trabajo autónomo destinadas a entidades.

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