Prestaciones

Los autónomos acogidos a la prestación por cese de actividad solo pagarán el 25 % de su cuota en abril

La Seguridad Social aplicará distintos porcentajes de exoneración en las cuotas hasta el mes de junio

Abierta una convocatoria de subvenciones al trabajo autónomo y la economía social de las empresas

Negocios cerrados durante las priemras olas de la pandemia J. M. Serrano

P. T.

Aquellos autónomos que percibían hasta el pasado 28 de febrero la prestación por cese de actividad extraordinario pagarán solamente el 25 % de su cuota en abril . Estas ayudas, que terminaron en dicha fecha hace dos meses, estaban destinadas a amparar a los trabajadores por cuenta propia que por motivo de la pandemia hubieran tenido que echar el cierre o vieron mermados sus ingresos.

Sin embargo, una vez finalizadas dichas prestaciones, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones estableció unas exoneraciones en la cotización de los autónomos que estuvieran acogidos a las ayudas, exoneraciones que se mantendrán hasta verano.

De esta forma, ya en el mes de marzo este colectivo de trabajadores vio su cuota reducida en un 90 %. Las exoneraciones son decrecientes, de tal manera que los antiguos beneficiarios de las ayudas tendrán una reducción del 75 % en abril, del 50 % en mayo y del 25 % en junio .

Los autónomos que coticen por la mínima, es decir, 293 euros mensuales, solo tendrán que pagar 70 euros en ese mes. Más de 23.000 trabajadores por cuenta propia se acogió a la prestación para autónomos compatible con la actividad, a los que hay que sumar los 84.000 que percibieron la ayuda por bajos ingresos. Esto hace un total de más de 105.000 beneficiaros de las exoneraciones .

Otras prestaciones aún vigentes

Aunque la Seguridad Social suprimió la mayoría de subvenciones para autónomos originadas por la pandemia, hay otros supuestos en los que estos pueden seguir recibiendo ayudas. Son dos: los afectados directa o indirectamente por la erupción del volcán de la Palma , cuya prestación se mantiene hasta junio; y los que se vean obligados a suspender todas sus actividades por el establecimiento de medidas restrictivas por parte de la autoridad competente (lo que protege frente a nuevos rebrotes e incluso nuevas epidemias).

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