Cinco consejos para alquilar una vivienda turística

Desde pisos.com te dan ciertas claves a la hora de arrendar una casa en la época estival

Una casa de vacaciones en Ibiza ABC

Pisos.com

Cuando llega el verano y se tiene la suerte de tener un piso en la costa, es normal que se pasen unos días de descanso en él. Sin embargo, el periodo vacacional es muy largo, y es muy posible que haya épocas del año en las que este inmueble resulte improductivo. Con el fin de extraer un rendimiento, lo habitual es plantearse poner dicha vivienda a disposición de terceros a cambio de una renta. Desde pisos.com te damos algunos consejos para llegar a un acuerdo entre las partes:

1. Contrato obligatorio. La existencia de un contrato firmado en el que se expongan todas las condiciones es fundamental, desde la fianza a si se aceptan o no mascotas. Se trata de un documento privado donde quedan expuestas las condiciones privadas del acuerdo. Es recomendable que este contrato incluya un anexo con un inventario detallado del piso, dado que servirá de prueba en caso de reclamar por la pérdida o robo de algún objeto que hubiera dentro de la casa.

2. Pago por adelantado. Para evitar que los inquilinos se marchen sin pagar su estancia, lo ideal es que el pago sea siempre por anticipado. Por norma general, suele realizarse un primer cobro de entre el 20% y el 50% del valor del alquiler para formalizar la reserva y el resto se liquida el primer día de la estancia. No obstante, si el pago se establece a posteriori, en el contrato deben quedan reflejadas las consecuencias de su incumplimiento.

3. Suministros. El gasto estimado en suministros se repercute en la renta del alquiler. Además de la luz y del agua, a veces también se contempla incluir Internet. Al llegar las correspondientes facturas al propietario, tanto si resulta ser más altas como si resultan más bajas de lo calculado, no se reclama ni se devuelve ninguna cantidad, puesto que va unido a la renta. Sin embargo, al ser un acuerdo abierto entre las partes, se podrían estipular como gastos aparte y establecer un depósito.

4. Limpieza. No es obligatorio realizar una limpieza del inmueble antes de la entrada del inquilino, pero sí es recomendable. El propietario se expone a perder su credibilidad en Internet si no ofrece unas condiciones mínimas de higiene y calidad a sus huéspedes. En realidad, más que una cuestión de imposición es de necesidad, sobre todo, si se quieren evitar reclamaciones.

5. Registro. La competencia en materia de alquiler turístico está en manos de las Comunidades Autónomas, por lo que habrá que acudir a la legislación correspondiente a informarse sobre los términos y condiciones que lo regulan. En algunas regiones, por ejemplo, es habitual el cobro de una tasa turística. Igualmente, antes de volcar el inmueble en el mercado del alquiler vacacional, es posible que la autonomía exija incluir el inmueble en un registro oficial.

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