Más de un millón de autónomos cobrarán a final de mes la prestación por cese de actividad

El ministerio de Seguridad Social asegur que ha recibido más de 1,154 millones de solicitudes, lo que supone que el 35,5% de los cotizantes totales

El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá EFE

ABC

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha comunicado este jueves que efectuará un nuevo pago de la prestación extraordinaria por cese de actividad el próximo 30 de abril. La dirección general de ordenación de la Seguridad Social ha establecido además que quienes recibieron el primer abono el día 17 de abril –más de 919.000 – recibirán la parte proporcional del mes, mientras los que tuvieron el reconocimiento más tarde o todavía no lo hayan percibido recibirán el equivalente a 47 días.

Según los cálculos del departamento dirigido por José Luis Escrivá, más de un millón de autónomos accederán a partir del próximo 30 de abril a esta prestación extraordinaria, «cuyo objetivo es proteger la falta de ingresos de los autónomos en la situación excepcional provocada por la pandemia del Covid-19». Hasta el día 21 de abril se habían resuelto favorablemente 1.039.598 prestaciones y se habían denegado 38.605, incluidas 3.685 desistidas, por lo que la tasa de aceptación supera el 90%. Hay todavía 76.722 pendientes de resolución.

Hasta este miércoles, la Seguridad Social había recibido más de 1,154 millones de solicitudes, lo que supone que el 35,5% de los cotizantes totales. La prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos puede solicitarla cualquier trabajador por cuenta propia que se vea afectado por el cierre de su negocio debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación haya caído en el mes un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior.

La cuantía de esta prestación gestionada por la Seguridad Social es el equivalente al 70% de la base mínima de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o, en su caso, en el Régimen Especial del Mar, lo que supone un mínimo de 661 euros al mes. Además, los autónomos y autónomas que la perciban estarán exentos de pagar las cotizaciones del mes.

Para solicitarla no se exige periodo mínimo de cotización, sólo es necesario estar en alta en la Seguridad Social y hallarse al corriente de pago de las cotizaciones sociales. Además, es compatible con cualquier o tra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo , como por ejemplo, orfandad o viudedad, y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

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