El gobernador del Banco de España, Luis Linde
El gobernador del Banco de España, Luis Linde - ISABEL PERMUY

El consejo de gobierno del Banco de España aprueba la circular de fundaciones bancarias

Deberán dotar un fondo de reserva aquellas fundaciones que tengan una participación igual o superior al 50% en una entidad de crédito

MADRID Actualizado: Guardar
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El consejo de gobierno del Banco de España ha aprobado la circular de fundaciones bancarias que entre otras cosas regula el fondo de reserva que deben constituir estas entidades, de modo que aquellas que tengan una participación de más del 50% en una entidad de crédito deben hacerlo en cinco años.

Se consideran fundaciones bancarias aquellas que mantienen un 10% del capital o de los derechos de voto de una entidad de crédito, o que puedan nombrar o destituir algún miembro de su órgano de administración. Y deberán dotar un fondo de reserva aquellas fundaciones que tengan una participación igual o superior al 50% en una entidad de crédito o bien tengan el control de la misma, con un plazo de cinco años para constituirlo.

En este caso, tendrá que elaborarse un programa de diversificación de inversiones y gestión de riesgos y, si no se constituye un fondo de reserva, un plan de desinversión en la entidad de crédito. Aquellas que ostenten una participación del 30% bastará con que elaboren un protocolo de gestión y un plan financiero anual.

La circular se refiere también a los modelos de informes de remuneraciones y de gobierno corporativo que habrán de presentar las cajas de ahorros que no emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales.

Esta circular, señala el Banco de España, desarrolla el real decreto que desarrolla la Ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias y que aprobó el Consejo de Ministros el pasado 2 de octubre.

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