La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. / Paco Campos (Efe)
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El Gobierno unifica la normativa sobre discapacidad en una nueva ley

Incluye el reconocimiento expreso del principio de libertad en la toma de decisiones o clasifica los distintos tipos de empleo, entre las principales novedades

MADRID Actualizado: Guardar
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El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la Ley General de Discapacidad para aglutinar toda la normativa en la materia, que ya había sido adaptada a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La nueva normativa, en la que han participado organizaciones del sector y en especial el CERMI, define los distintos tipos de discapacidad y de discriminación, incluye el reconocimiento expreso del principio de libertad en la toma de decisiones o clasifica los distintos tipos de empleo, entre las principales novedades.

De esta forma, se unifican la Ley de Integración Social de Personas con Discapacidad (LISMI) de 1982 y Ley de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de 2003 y la Ley por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad de las personas con discapacidad de 2007.

La nueva ley incluye un título dedicado a los derechos de estas personas en el ámbito de la salud, en el que las administraciones deberán desarrollar actuaciones para garantizar una atención sanitaria efectiva, y en el ámbito educativo para atender las necesidades del alumnado con discapacidad mediante apoyos y ajustes correspondientes.

Tipos de empleo

Se clasifican por primera vez los distintos tipos de empleo: 'ordinario', de las empresas y administraciones públicas incluidos los servicios de empleo y apoyo; 'protegido', en centros especiales; y 'autónomo'. También se definen los distintos tipos de discriminación, añadiéndose a las ya contempladas -'directa' e 'indirecta'- la discriminación 'por asociación' (cuando una persona o grupo es objeto de trato discriminatorio por su relación con una persona con discapacidad) y 'por acoso' (creación de un entorno intimidatorio, hostil y degradante). La 'discriminación múltiple' se refuerza en esta ley con el fin de proteger de manera singular a los niños y mujeres con discapacidad.

La normativa incluye el reconocimiento expreso del principio de libertad en la toma de decisiones, que afecta a todos los derechos que se regulan, de manera que sean las personas con discapacidad las que puedan optar o no por acogerse a las medidas de acción positiva.

Según indica el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la Ley General de Discapacidad es "más que un compendio" legislativo, pues supone el "reconocimiento expreso" que los titulares de de derechos y los poderes públicos están obligados a garantizar su ejercicio pleno. "Se supera así el concepto asistencial de décadas pasadas", añade el departamento de Mato en un comunicado.