Tribunales

La jueza rechaza el archivo del caso Cádiz 2012 contra David Navarro

El exconcejal de Ciudadanos Juan Manuel Pérez Dorao denunció al presidente de la sociedad municipal de los presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos

David Navarro es el presidente de la sociedad Cádiz 2012. La Voz

Almudena del Campo

La jueza del Juzgado de Instrucción número 1 de Cádiz ha emitido un auto por el que considera que «no ha lugar a acordar el sobreseimiento provisional» de la causa abierta contra el presidente de la sociedad Cádiz 2012 , David Navarro , tras la denuncia presentada por el exconcejal de Ciudadanos, Juan Manuel Pérez Dorao , por los presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.

Recordar que el pasado mes de enero, el propio David Navarro convocaba una rueda de prensa en la que anunciaba que la fiscal pedía el archivo de la causa judicial abierta tras la denuncia de Pérez Dorao.

En la misma, el exconcejal de Ciudadanos exponía que las tarifas correspondientes a la utilización de los espacios gestionados por Cádiz 2012 en la Casa de Iberoamérica a distintas entidades, se llevó a cabo por parte de Navarro de una manera autónoma y sin consultarlo previamente al consejo de administración.

En el auto, la jueza asegura que «existen indicios de la cesión gratuita de espacios de la Casa de Iberoámerica por el investigado de manera unilateral y sin control del consejo (reconoce al menos dos en el año 2016 y dice no recordar 2017)».

Añade que «ante la inexistencia de un listado de tarifas formalmente aprobado, vendría actuándose según uno orientativo impuesto por la costumbre y heredado de la anterior Corporción municipal y actuando sin un procedimiento específico que rigiera las cesiones de espacios ».

Así, la jueza dispone en el auto también que «pese a estas carencias y falta de un mecanismo de control eficaz , existen indicios de que el Sr. Navarro pudiera estar actuando al margen del consejo de administración cuando actuaba unilateralmente, sin que se aplicran estas tarifas orientativas y sin atender a los requerimientos del consejo para que informara sobre las actividades y tarifas aplicadas».

Por todo ello, asegura que «existen indicios de que el investigado era quien, al parecer, decidía al respecto sin atender a los requerimientos de revisar las tarifas, cobrarlas y suministrar la información que sobre ello se le solicitaba».

Falta de información

El auto confirma asimismo que, tal y como señala la Audiencia Provincial de Cádiz en resolución de fecha 10 de diciembre de 2019, « la omisión del procedimiento legalmente establecido ha sido considerada como una de las razones que pueden dar lugar a la existencia de un delito de prevaricación porque las pautas establecidas para la tramitación del procedimiento a seguir en cada caso tienen la función de alejar los peligros de la arbitrariedad y la contradicción con el derecho y, en este caso, sin perjuicio de lo que ulteriormente se determine, existen indicios de que el Sr. Navarro pudiera haber ejercido, cuando menos, competencias que no tiene atribuidas».

En opinión de la jueza, ante todo lo expuesto, « no procede el sobreseimiento de las actuaciones vistas las irregularidades apreciadas y la imposibilidad de excluir la conciencia de antijuricidad en el investigado», que tras ser requerido para que ofreciera información hizo « caso omiso actuando al margen de los mecanismos establecidos ».

La jueza hace especial hincapié a la negativa de Navarro de entregar información al entonces grupo municipal de Ciudadanos en relación a las cuentas y la propuesta de disolución de la sociedad Cádiz 2012, hecho que, a su juicio, impidió «el adecuado control de la gestión que se venía haciendo de las cesiones y cobros derivados del uso de los espacios públicos».

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