De los seis acusados en un principio, sólo dos (al fondo de la imagen, durante el juicio) han sido finalmente condenados. :: ESTEBAN
Jerez

Condenan a los cabecillas del caso 'Hamelín' a ocho y nueve años de cárcel

La jueza, que absuelve al resto de imputados, considera a Gallegos y Bohórquez culpables de un delito continuado de estafa

JEREZ. Actualizado: Guardar
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Domingo Gallegos y Miguel Bohórquez estafaron más de once millones de euros a alrededor de 70 incautos, en el marco de la conocida como 'operación Hamelín'. Así lo considera Lourdes Marín, magistrada de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Jerez, que les ha condenado a penas de nueve y ocho años de prisión, respectivamente, en el primero de los casos con el agravante de reincidencia.

La sentencia judicial trascendió en la tarde de ayer y en ella se absuelve al resto de los imputados (hay que recordar que en un principio se sentaron en el banquillo cuatro personas más, a dos de las cuales se les retiraron los cargos durante una de las sesiones de la vista oral).

En concreto, la jueza inculpa a los considerados cabecillas de la trama de un delito continuado de estafa, por lo que también les obliga a indemnizar a los 53 afectados que han participado en el proceso con cantidades que oscilan entre los 19.000 y los 1.803.415 euros por cada caso. En el fallo, la jueza explica cómo se fraguó la operación en el año 2004 cuando ambos se conocieron y constituyeron la sociedad M. B. D. G. Economist Agency, Gallegos en calidad de apoderado y Bohórquez como administrador.

Esta empresa fue ideada por el primero de ellos con la intención de dedicarla a «la actividad de venta de inmuebles y vehículos inexistentes dando apariencia de que eran procedentes de subastas judiciales, así como vehículos que no pagaban en su totalidad a los concesionarios, por lo que no podían matricularse».

Conscientes del engaño

Como consta en el auto, los dos condenados «eran conscientes de que ni se entregaban los inmuebles ni los vehículos», dentro de una red en la que los demás procesados actuaban únicamente como intermediarios, sin que haya quedado «suficientemente acreditado» que tuvieran conocimiento de la trama delictiva.

En lo que respecta a las viviendas, las ofrecían a precios más baratos que los del mercado, exigiendo su pago al contado antes de la entrega, que por supuesto no llegaba nunca a producirse. En cuanto a los vehículos, que también se abonaban con anterioridad, en algunos casos sí se entregaron, pero como no se habían pagado a los concesionarios no contaban con la documentación reglamentaria.

A Gallegos y Bohórquez se les condena, además, a sufragar la mitad de las costas del procedimiento, incluidas las de las acusaciones particulares.