Los centros médicos pueden realizar abortos. / AP
Sociedad

El Gobierno envía al Parlamento una Ley del Aborto «sensata y ajustada a Derecho»

El texto mantiene los plazos de aborto libre hasta la semana 14, con condiciones hasta la 22 y la mayoría de edad para decidir a los 16 años

COLPISA. MADRID Actualizado: Guardar
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El proyecto de la nueva Ley del Aborto camina ya hacia el Parlamento. El Consejo de Ministros extraordinario de ayer sábado aprobó finalmente un texto que, salvo matices, es un calco de la propuesta presentada hace medio año por los expertos convocados por el Ministerio de Igualdad. En síntesis, consagra un modelo mixto, con aborto libre en las primeras 14 semanas, y con condiciones -riesgos para la vida y la salud materna, y anomalías graves en el feto- hasta la semana 22. A partir de esa fecha sólo será posible si un comité médico-científico certifica malformaciones mortales o enfermedades incurables en el feto, algunas de detección tardía, y la embarazada decide interrumpir la gestación. No habrá cárcel para ninguna mujer, ni aunque aborte fuera de los márgenes de la ley. Y las jóvenes de 16 y 17 años decidirán por sí mismas.

El proyecto dibuja una ley «sensata y ajustada a Derecho», la más adecuada «a nuestra realidad social», y con la que se subsanarán las carencias de la norma vigente desde 1.985, subrayó Mª Teresa Fernández de la Vega al término de la reunión del Gabinete.

Aunque el Consejo de Estado dictaminó la semana pasada que la norma se ajusta a la Carta Magna en todos sus puntos, el Gobierno quiere curarse en salud. En la exposición de motivos recalca que la vida prenatal del nasciturus es «un bien jurídico merecedor de protección que el legislador debe hacer eficaz». No obstante -añade- la tutela de ese bien jurídico «en el momento inicial de la gestación se articula a través de la voluntad de la mujer, y no contra ella». Es decir, primará la voluntad de la gestante.

Mayoría de edad

Desde que el comité de expertos de Igualdad abogó por la mayoría de edad a los 16 años para abortar sin necesidad de autorización paterna, este punto ha alimentado un buen alboroto político y mediático, y abierto algunas fisuras incluso en el bloque parlamentario socialista. Es posible que en el debate parlamentario se acepte informar a los padres o a algún adulto responsable, salvo cuando le suponga un grave conflicto a la joven, que siempre tendrá la última palabra. Según la actual Ley de Autonomía del Paciente, a partir de los 16 años un joven puede decidir sobre cualquier cuestión sanitaria que le afecte, con tres salvedades, participación en ensayos clínicos, técnicas de reproducción asistida y aborto.

Penas más duras

Entre las escasas novedades del proyecto de Ley destaca el endurecimiento en el Código Penal de las condenas a los profesionales y centros que practiquen abortos fuera de la ley, más allá de los plazos temporales establecidos -22 semanas máximo- , sin los informes médicos o sin los permisos pertinentes.

Las penas para los sanitarios que realicen abortos ilegales pueden oscilar entre uno y tres años de cárcel e inhabilitación especial de hasta seis años, según los casos, «para ejercer cualquier profesión sanitaria o para prestar servicios de toda índole en clínicas».

Si quien incurre en ilegalidad es la propia mujer, no recibirá penas de cárcel en ningún caso, aunque sí multas equivalentes a entre seis y veinticuatro meses.