La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, durante la visita que ha realizado hoy a una administración de la Agencia Tributaria en Madrid. / Efe
declaración de la renta

4,5 millones de ciudadanos ya han recibido la devolución del IRPF

La Agencia Tributaria ha devuelto 3.326 millones de euros, el 60% más que en las mismas fechas del año pasado

MADRID Actualizado: Guardar
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La Agencia Tributaria (AEAT) ha devuelto ya 3.326 millones de euros en declaraciones del IRPF, el 60% más que en las mismas fechas del año pasado, y lo ha hecho a 4,5 millones de contribuyentes, el 48% más.

La vicepresidenta segunda del Gobierno, Elena Salgado, ha facilitado estos datos durante su visita a una delegación de Hacienda en Madrid, en la que ha recordado el compromiso de Hacienda de hacer el 85% de las devoluciones antes de primeros de agosto. También ha asegurado que hasta ayer los contribuyentes han confirmado 4,4 millones de borradores, lo que supone un incremento del 28% respecto al mismo periodo del año anterior.

En lo que va de Campaña de Renta se han presentado 6,1 millones de declaraciones (incluyendo los borradores confirmados), lo que supone un incremento del 22% en el número de declaraciones en la misma fecha de 2008. De estas declaraciones, el 47% ha sido presentada por internet.

La vicepresidenta ha destacado que cada año más contribuyentes presentan su declaración al inicio de la Campaña, lo que, en su opinión, tiene una utilidad "extraordinaria", al evitarse las aglomeraciones de los últimos días y realizarse las devoluciones con mayor prontitud.

Quiénes declaran

Tienen obligación de declarar quienes obtengan rentas a partir de 22.000 euros brutos anuales cuando procedan de un único pagador o de varios pagadores, siempre que el importe percibido del segundo y restantes, por orden de cuantía, no supere los 1.500 euros anuales.

También deben declarar los que perciban más de 11.200 euros anuales si proceden de varios pagadores y si la suma del segundo y restantes supera en conjunto los 1.500 euros anuales, o si se trata de pensiones compensatorias del cónyuge o de anualidades por alimentos (salvo que procedan de los padres por decisión judicial).

Asimismo tienen obligación de declarar quienes obtengan rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuentas superiores a 1.600 euros anuales en su conjunto.

Además, deben presentar la declaración las rentas inmobiliarias imputadas derivadas de más de un inmueble urbano no arrendado distinto de la vivienda habitual, y los rendimientos de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial o precio tasado superiores a 1.000 euros anuales en conjunto.