ANDALUCÍA

Declarada culpable de homicidio la niñera que abandonó a un niño tetrapléjico

El tribunal popular encargado de enjuiciar a una niñera boliviana acusada de dejar solo durante casi 48 horas a un niño de ocho años con parálisis cerebral que falleció en su ausencia en Sevilla, declaró ayer a la procesada culpable de un delito de homicidio por imprudencia grave, al considerar que Irene C.C. sabía que el abandono podía provocar la muerte del menor a su cargo.

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En torno a las 16.00 horas, la portavoz del tribunal popular explicó durante la lectura del veredicto que el jurado ha considerado probado por unanimidad que la acusada es «culpable» de provocar la muerte del pequeño al abandonarlo ya que «nada hizo por evitarlo», si bien el jurado entiende que la inculpada «no se planteó como probable» que muriera el pequeño, de manera que no la han considerado culpable de un delito de homicidio doloso sino por imprudencia grave.

Fuentes judiciales explicaron que el Ministerio Fiscal ha solicitado dos años de prisión para la acusada, mientras que la acusación particular -que anunció un posible recurso al estimar que el caso constituye un homicidio doloso- ha pedido cuatro años de cárcel. Por su parte, la defensa solicitó tres meses de prisión teniendo en cuenta la existencia de circunstancias atenuantes.

Contrato

Así las cosas, el jurado ha encontrado como hechos probados que los padres del pequeño de ocho años fallecido, quien no podía valerse por sí mismo, contrataron a la procesada para el cumplimiento de tareas del hogar. Del mismo modo, ha estimado como probado por unanimidad que los padres organizaron un viaje a Ceuta a finales de agosto de 2006 y que dejaron a Irene C.C. al cuidado de su hijo.

En el relato de los hechos también han considerado probado que la inculpada se marchó a casa de una amiga sobre la una de la madrugada del 26 de agosto dejando solo al menor y que, posteriormente, estuvo hasta las 6.30 horas en una discoteca.

Los padres llegaron a su casa en la tarde del 28 de agosto y hallaron deshidratado a su hijo, quien falleció por no ingerir bebidas durante casi dos días. Para el jurado, la muerte no ocurrió «por infortunio o azar». Del mismo modo, el jurado declaró probado por unanimidad que Irene, de quien han concluido que es una persona de inmadura y con poca iniciativa, sabía que era posible que el niño podía morir por el tiempo que estuvo solo.