Opinion

En el margen legal

La investigación abierta por el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz para tratar de determinar si Iñaki de Juana Chaos incurrió en enaltecimiento del terrorismo por el contenido de la carta que se leyó en su nombre el sábado en San Sebastián, pocas horas después de que abandonara la cárcel, se enmarca en las facultades con que cuenta el Estado de Derecho para perseguir aquellas conductas que puedan coadyuvar a la violencia de ETA y menosprecien a sus víctimas. El juez entiende que existen indicios para abrir diligencias por la supuesta comisión del delito contemplado en el artículo 578 del Código Penal, tanto por el cariz del acto de homenaje al ex preso etarra como por la literalidad de la misiva que se le atribuye, la cual se solidarizaba expresamente con los reclusos de la organización terrorista y ensalzaba la figura, sin citarle, del histórico dirigente de la banda Txomin Iturbe. Corresponde a la Justicia dilucidar la autoría de la carta y establecer si De Juana cometió o no un hecho delictivo que conlleva penas de uno a dos años de prisión.

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

La puesta en libertad del etarra implica su reincorporación a la sociedad en plenitud de derechos. Pero es precisamente su nueva condición de hombre libre la que le obliga a ceñir su actuación a los márgenes previstos por la Ley, singularmente en lo que se refiere a la protección de los derechos que también asisten a los damnificados por sus 25 asesinatos. Los jueces esclarecerán ahora si esa ley fue vulnerada en el acto de recibimiento organizado a De Juana. Pero la mera convocatoria del mismo y el hecho de que llegara a celebrarse, aunque el ex preso de ETA no acudiera al mismo, apuntan a la persistencia de un problema moral de consecuencias más profundas para el conjunto de la sociedad.