NUEVOS DETENIDOS. La Policía ha detenido a otros presuntos implicados en las violaciones. / A.V.
Jerez

Recurso de revisión contra la sentencia del 'caso Ricardi'

Pro Derechos Humanos cree que la condena se basó en «pruebas circunstanciales» Lleva 13 años en prisión por unas supuestas violaciones cometidas en Jerez y El Puerto

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La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDH-A) anunció ayer que, «tras estudiar en profundidad el procedimiento», la semana que viene presentará un recurso de revisión de la sentencia condenatoria de 1996 de la Audiencia Provincial de Cádiz a Rafael Ricardi Robles, que fue declarado culpable de dos delitos de violación cometidos en 1995 y condenado a 18 años de prisión por cada una de las agresiones con un límite máximo de cumplimiento de 30 años.

En rueda de prensa, la letrada de la APDH-A, Antonia Alba, que representará a Ricardi -quien ya ha cumplido 13 años de cárcel-, explicó que decidieron adoptar esta iniciativa a raíz de unas declaraciones realizadas en abril por el comisario provincial de Cádiz, quien relacionaba la violación que padeció una víctima y por la que Ricardi fue condenado, con otras ocho agresiones y violaciones cometidas en los municipios de Jerez, El Puerto de Santa María, y Puerto Real.

Esta relación viene dada por las similitudes existentes tanto en el modo de realizarse, como en la elección de la víctima y en las características de los sujetos que las llevaron a cabo, dándose la circunstancia de que siete de dichas agresiones se cometieron cuando Ricardi ya estaba cumpliendo condena de prisión.

Informe de ADN

Asimismo, Antonia Alba aludió a un segundo informe de muestras de ADN elaborado en el año 2000 por el Instituto Nacional de Toxicología de Sevilla que, según APDH-A, «descarta rotundamente la presencia de muestras de ADN que impliquen a Ricardi» y apuntó que el informe de 1995 decía que «no puede excluirse la presencia en cada uno de los marcadores estudiados de todos los alelos correspondientes al presunto agresor, si bien aparecen alelos extra que no se corresponden con aquel ni con la víctima».

En este sentido, el presidente de la APDH-A, Rafael Lara, criticó que el informe de 1995 «no descartaba» el ADN de Ricardi y, sin embargo, el juez sentenciador del caso concluyó que la muestra contenía «todos los alelos correspondientes al semen del acusado» y «eso es mentira», sentencio Lara.

Del mismo modo, expusieron que otro de los pilares de la sentencia fue el reconocimiento que hizo la víctima de Ricardi, que según el juez fue «tan claro, rotundo e inequívoco que no dejaba lugar a dudas».

Sin embargo, la Asociación Pro Derechos Humanos sostiene que la condena se basó en «pruebas circunstanciales», puesto que, entre otras cuestiones, la víctima reconoció a Ricardi en una fotografía exhibida por la policía junto a otras fotografías de otros sujetos «sin que éstos tuvieran deformación en alguno de sus ojos» y la víctima «siempre declaró que nunca pudo ver más que los ojos de los agresores».