MERCADO. El cupo de ventas limita la cantidad de vino que cada bodega pone en el mercado. / J. C. C.
Jerez

Abren expediente al Consejo Regulador por limitar las ventas de una bodega Una media histórica

La Comisión Nacional de la Competencia cree que el polémico cupo aprobado en 2007 podría ser una práctica prohibida y contraria al libre mercado La denuncia la hizo la firma sanluqueña Caydsa, pero está auspiciada por COAG

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La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto expediente sancionador al Consejo Regulador del Vino de Jerez por supuestas prácticas prohibidas contrarias a la libre competencia de mercado relativas al polémico acuerdo de cupo de ventas que se aprobó en los primeros meses de 2007 y que contó con el voto en contra de los vocales de la organización agraria COAG durante el Pleno de este organismo en el que se tomó esta decisión.

De hecho, fue precisamente esta organización agraria la que encabezó la batalla contra este cupo que tenía como objetivo limitar la cantidad de vino que las bodegas ponían en un mercado en el que las ventas funcionaban mal para los caldos del Marco de Jerez. Según recordaba ayer el responsable vitivinícola de COAG Cádiz, Miguel Pérez -que también es vocal en el Consejo Regulador-, «en la práctica suponía que las pequeñas bodegas con menos tradición comercial salían perjudicadas, ya que el cupo se calculaba según un criterio histórico de ventas y de forma discriminada, es decir, una por una».

Una de esas bodegas perjudicadas era la firma sanluqueña Caydsa, que va de la mano de COAG en los temas sectoriales y cuyo vicepresidente, Manuel Galán, es vocal en el Consejo avalado por esta organización.

Por ese motivo, cuando COAG optó para recurrir ante la CNC esta norma sectorial que fue propuesta por la Federación de Bodegas del Marco de Jerez (Fedejerez) lo hizo a través de una denuncia específica de Caydsa como empresa damnificada económicamente por esta medida.

Y su recurso parece haber llegado a buen puerto ya que, como informó ayer el organismo que preside Luis Berenguer, la dirección de investigación de la CNC acordó iniciar formalmente el expediente sancionador «por prácticas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia a la luz de las conclusiones de la información reservada que inició con carácter preliminar».

Ahora se abre un plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por parte de la CNC, sin que el inicio del expediente sancionador «prejuzgue la resolución final», según Competencia.

Tras expresar su «alegría contenida» por esta apertura del expediente que «debe hacerse firme para que estemos plenamente satisfechos», Miguel Pérez explicó que hay otros dos recursos planteados contra este cupo de ventas. Uno de ellos fue un recurso administrativo ante la Junta de Andalucía, «del que no recibimos respuesta», dijo.

Ante ese silencio administrativo dieron el paso de recurrir ante la CNC -el antiguo Tribunal de la Competencia-, pero también acudieron a la vía judicial presentando un recurso contencioso-administrativo, «un proceso que sigue abierto».

Pérez recalcó ayer que «en el seno de la CNC se libró un arduo debate sobre si era procedente o no que actuaran en este caso, y al final lo han hecho, lo que demuestra la trascendencia de este tema y pone de relevancia que existen los elementos suficientes para abrir un expediente».

El responsable de COAG también dejó claro que este primer paso «es una llamada atención sobre cómo deben hacerse las cosas en el Marco de Jerez, ya que siempre es mejor contar con el consenso de todos a la hora de sacar adelante una norma tan vital para la actividad de las empresas».

Por otro lado, este medio trató ayer de ponerse en contacto, sin éxito, con los responsables del Consejo Regulador para conocer su opinión. A la espera de más información, lo único seguro es que este organismo presentará alegaciones en el marco del proceso que se ha abierto.

ppacheco@lavozdigital.es El cupo de ventas que ha provocado la apertura del expediente sancionador por parte de la CNC plantea que la cantidad de vino que las bodegas del Marco de Jerez pueden poner en el mercado está limitada por unos criterios que hacen que en cada caso, es decir, para cada bodega, sea una cifra distinta.

Y es que los criterios que se utilizan para calcular este porcentaje -y contra los que COAG siempre ha expresado en contra- son una media de las ventas que cada empresa haya tenido en los últimos cinco años, además del análisis de las existencias actuales. Es por eso que podían darse casos como el que afecta a Caydsa, una bodega que en el momento de aprobarse este cupo sólo tenía una experiencia de tres años en el mercado, pero que había alcanzado cifras muy significativas. Al calcularse la media a cinco años, el cupo de Caydsa caía a límites muy bajos por sus dos años en blanco, y le impedía surtir a sus clientes.

Este cupo tenía además unas limitaciones mínimas y máximas por las que ninguna bodega podría estar por debajo de un 22% de cupo, mientras que tampoco podría sobrepasarse el 37%.