TRIBUNALES

Obligan a un concesionario de Jerez a devolver el importe de un vehículo "defectuoso"

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La Audiencia Provincial de Cádiz ha ratificado una sentencia dictada por un juzgado de Jerez de la Frontera que obliga a un concesionario de coches a devolver el importe íntegro de un vehículo todoterreno de la marca Tata, por "ser defectuoso", más de dos años después de su compra.

El comprador, V.A.C., adquirió un vehículo Tata Safari -importado por Nissho Motor España- en Recajerez S.L., un concesionario de Jerez, por un importe de 18.630 euros, ha informado hoy la Federación de Consumidores en Acción (FACUA).

En el momento de la compra, el usuario suscribió un contrato de préstamo con Finanmadrid EFC S.A., por recomendación del concesionario, para hacer frente a la adquisición del vehículo.

Sin embargo, ha explicado en un comunicado FACUA, al poco tiempo el comprador empezó a tener problemas con el vehículo, al que tuvo que llevar al taller por primera vez pocas semanas después de su compra por problemas con la dirección.

Las visitas al taller continuaron hasta que, dos años después de la compra, el usuario acudió a FACUA, que le recomendó que hiciera un informe pericial para realizar una evaluación del vehículo.

En ese momento, se constató que desde su adquisición había sufrido tres averías "muy graves", no habituales en vehículos nuevos y no achacables a un desgaste normal o al mal uso.

Estos desperfectos estaban relacionados con la avería del motor por sobrecalentamiento, para lo que hubo que cambiar el motor entero; con la pérdida de aceite hidráulico, que afectaba a la seguridad del vehículo; y con la pérdida de apriete de un tornillo del conjunto de dirección.

Durante el juicio, según FACUA, se puso de manifiesto que el vehículo, antes de su venta, había permanecido durante casi un año estacionado en el exterior, situación de la que pudo derivarse el mal estado del coche cuando el usuario lo compró.

Finalmente, el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Jerez dictó una sentencia favorable al socio de FACUA y declaró resuelto el contrato de compraventa entre el usuario y el concesionario, y el de financiación suscrito con Finanmadrid, al estar éste vinculado a la compra del vehículo.

El fallo judicial ha sido ratificado por la Audiencia de Cádiz, tras el recurso que interpusieron las empresas demandas.