Presunto soborno

La Fiscalía rechaza los argumentos de los investigados en el «caso Aljaraque» y se opone al archivo

Las defensas alegan falta de motivación en el auto recurrido, que ordena continuar el procedimiento, y critican «la parcialidad» de la juez y de la Policía Judicial

Firma del acuerdo que puso fin a la moción de censura en Aljaraque ABC

Las alegaciones presentadas por las defensas del líder del PSOE de Huelva y presidente de la Diputación Provincial , Ignacio Caraballo , y los otros cuatro investigados por cohecho en el presunto soborno de Aljaraque, la supuesta compra de dos concejales de la formación morada para frenar una moción de censura en este municipio onubense, tienen ya respuesta de la acusación pública : no hay motivo para el sobreseimiento y archivo de la causa -como solicitan los implicados-.

Según ha podido confirmar ABC, la Fiscalía de Huelva se ha opuesto a las demandas expuestas en los recursos por los respectivos representantes legales de los investigados, al considerar que el escenario procedimental sigue siendo el mismo y no se ha producido cambio alguno desde que la Audiencia Provincial el pasado verano ordenara continuar la investigación. En la vista del pasado septiembre, el único cambio que se produjo fue la concreción de imputaciones en cada caso y la reafirmación de su posición por parte de la instructora, María José Fernández Maqueda .

Llegado este punto, el procedimiento queda pendiente de la declaración de otro directivo de Aguas de Huelva , la empresa que contrató la mujer de uno de los concejales de Sí Se Puede Aljaraque a cambio –según la denuncia que dio lugar al caso- de que diera marcha atrás en la moción de censura, y la apertura de un archivo digital que las defensas destacan como relevante en el caso.

Antes de que los recursos lleguen a la Audiencia Provincial , se espera una respuesta a los mismos por parte de la juez , contra la que cargan los investigados. La causa –se afirma en uno de los recursos- ha sido instruida «con absoluta parcialidad , minorando el derecho de defensa de las partes y con una clara voluntad inculpatoria preconstituida», con un relato de hechos que se define en otro de los casos como «un cúmulo de contradicciones e incongruencias, aderezadas con una valoración subjetiva y sui generis de los mismos, que se aleja de la objetividad con la que se debe proceder por el órgano instructor».

En los recursos se cuestiona asimismo la actuación de la Policía Judicial , cuya actividad se califica de « parcial », y como denominador común en los argumentos de todas las defensas aparece el relato del denunciante , en el que –según destacan- se basa el autor de la instructora de «forma exclusiva» para sostener la continuidad del procedimiento.

Por otra parte, se alega falta de motivación del auto de continuación del procedimiento ante el Tribunal del Jurado al considerar que «no se realiza de una forma adecuada y motivada el juicio de valor sobre la verosimilitud de los hechos», así como vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva precisamente por falta de motivación suficiente en la resolución recurrida «al existir incoherencia interna en sus razonamientos jurídicos, lo que provoca su nulidad de pleno derecho».

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