Sucesos

Condenado a 24 años de prisión por profanar el cadáver de su exnovia tras asesinarla

La Audiencia Provincial de Granada estima la atenuante de confesión del asesino

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Asesinato con alevosía y ensañamiento con el agravante de parentesco es el delito por el que O. C. T. ha sido condenado por un juez a 24 años y cinco meses de prisión tras asestar 18 puñaladas a la había sido su exnovia para, a continuación, profanar su cadáver.

La Audiencia Provincial  de Granada, además, impone al acusado el pago de una indemnización de 50.000 euros para cada uno de los padres de la víctima, que contaba con veintinueve años en el momento de su asesinato, el 9 de julio de 2013.

En su auto, el magistrado no ha creído probado el argumento de la defensa del asesino respecto a que podía haber influido en él el consumo de alcohol o una hipotética situación de arrebato en el momento del crimen.

El juez, sin embargo, considera «vejaciones innecesarias» las que O.C.T. practicó al cadáver de su exnovia tras asesinarle –le introdujo objetos por el ano y la vagina- por lo que considera estos hechos una «profanación».

«Dolor innecesario»

Ya el tribunal popular dictaminó que el acusado, de 38 años, causó un «dolor innecesario» a la víctima a la que atacó «de forma sorpresiva» por la espalda asfixiándola en primer lugar y, después, apuñalándola hasta en dieciocho ocasiones. Ante el relato del brutal crimen, el asesino reconoció en el juicio que «empecé a apuñalarla y hasta que no se cayó al suelo no paré».

Sin embargo, alegó que «no estaba pensando en hacerle daño». Un extremo que no ha sido creído por el magistrado, que sí ha aceptado la atenuante de confesión del acusado puesto que él mismo asumió ser el autor del crimen ante la Policía cuando, supuestamente, iba a suicidarse.

La retirada de esta atenuante fue exigida tanto la acusación particular como por el Fiscal y la Junta de Andalucía, personada en el caso al tratarse de un asesinato machista. Además, pedían un total de 25 años de prisión para el asesino de la joven. 

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