Rotulación de la calle doctor Miño, uno de los fundadores del Reina Sofía
Rotulación de la calle doctor Miño, uno de los fundadores del Reina Sofía - ARCHIVO
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El homenaje póstumo

El Ayuntamiento mantendrá en el nuevo reglamento de honores y distinciones el criterio de rotular vías solamente a personas que hayan fallecido. ¿Merece la pena una reflexión?

CÓRDOBA Actualizado: Guardar
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El próximo Pleno municipal pondrá en marcha por enésima vez el procedimiento para aprobar el Reglamento de Honores y Distinciones, un documento mil veces negociado desde hace una década pero que nunca ha llegado a aprobarse. Tal es el grado de desidia en la materia -concediendo que no es una prioridad- que el Ayuntamiento de Córdoba se rige por un documento aprobado en 1966 del que no existen versiones electrónicas. No es posible su consulta si no es pidiendo a los grandes profesionales de la Unidad de Protocolo que dejen echar un vistazo a sus copias de trabajo a lo que es, a todos los efectos, una ley local (que se llaman ordenanzas cuando afectan a terceros y reglamentos, cuando son de consumo interior).

El documento que ha distribuido el equipo de gobierno es prácticamente el mismo que dejó negociado el popular Miguel Ángel Torrico pero que, inexplicablemente, no llegó a aprobarse. Desarrolla de forma más minuciosa todos aquellos honores que puede rendir una ciudad a las personas que han prestado un servicio de relevancia en cualquiera de los ámbitos de la vida. Desde el Blasón y la Llave de Córdoba, que son los honores que solo puede recibir un jefe de estado en ejercicio o cuando ha dejado el cargo, hasta la forma en la que se ha de proceder para colocar un busto a una personalidad.

En Córdoba rige una norma muy peculiar para el nombre de las calles, plazas y parques. Hay que estar muerto el tiempo suficiente como para valorar los méritos del homenajeado. Muchas ciudades tienen artículos similares en sus reglamentos pero todas tienen una gatera de salida, que permite fijar en el callejero el nombre de personas vivas cuando existen méritos extraordinarios de gran relevancia así como consenso social y político para ello. La vecina ciudad de Sevilla es un ejemplo.

Igual también es el momento de agradecer a los vivos su trabajo en vez de esperar a que ya no puedan decir «de nada»

Hasta mediados de los noventa, en Córdoba era posible dedicar una avenida o un parque a una persona que no había fallecido. Existen multitud de casos como -si la memoria no falla- el del periodista Matías Prats Cañete, probablemente la voz más famosa de la radio y los noticiarios cinematográficos durante buena parte del siglo XX, que se hizo en vida del locutor de Villa del Río. En esa etapa, correspondiendo con la reforma de las Tendillas, el Pleno decidió llegar a un acuerdo exprés para evitar las enormes presiones que se habían desatado como muy bien recordarán los protagonistas de los hechos. Posteriormente, en 2008, la Gerencia de Urbanismo redactó una ordenanza de rotulación de calles que, en su borrador, obligaba a llevar cuatro años muerto. El texto final retiró esa precisión de tiempo ya que se consideró que los alcaldes debían de contar con cierta mano para ordenar estas cosas.

Aquellas presiones que se desataron, hoy no existen y la lectura del borrador del Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Córdoba presenta una enorme discrepancia. No es preciso estar en el otro barrio para que se reconozca los méritos de alguien dándole el nombre de un colegio o un edificio de propiedad municipal. Pero sí hay que estar muerto para que el Pleno reconozca el trabajo vital de una persona rotulando un espacio abierto. De hecho, no hay que haber fallecido si se es un colectivo de personas. Es el caso de Equipo 57 que tiene a algunos de sus miembros fundadores en perfecto estado y cuenta con una avenida a su nombre en la capital. Existe el argumento razonable de que haber fallecido blinda ante posibles comportamientos espúreos posteriores a la rotulación. Lamentablemente, la posibilidad de poner calles a nombre de entidades jurídicas en activo tiene el mismo riesgo. Y, sí, esa posibilidad aparece recogida en la norma.

El Reglamento de Honores y Distinciones es, en realidad, la ordenanza de gratitud de la ciudad de Córdoba. El protocolo es una manera de codificar las normas con las que nos regimos en sociedad. Y soy firme partidario de mantener un respeto a las instituciones que representan la voluntad democrática. Chapado a la antigua, probablemente, pero a la manera de Julio Anguita, que nunca soportó el tuteo cuando ejercía el cargo de alcalde. Por eso, igual va siendo el momento de repensar esa costumbre de rendir honores a alguien cuando ha fallecido, que es cuando nunca lo va a poder disfrutar con los suyos. Igual también es el momento de agradecer a los vivos su trabajo en vez de esperar a que ya no puedan decir «de nada».

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