Dos de los afectados, hoy ante el Tribunal Supremo. El fallo confirma que la acción estaba prescrita
Dos de los afectados, hoy ante el Tribunal Supremo. El fallo confirma que la acción estaba prescrita - efe

El Supremo rechaza indemnizar a las víctimas de la talidomida

La decisión no ha sido unánime: ha contado con el voto particular de uno de los nueve magistrados

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El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos planteados por la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (Avite), a los que se adhirió el Fiscal, confirmando así la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que rechazaba indemnizar a las víctimas del medicamento para las náuseas de embarazadas que provocaba malformaciones congénitas y también daño en los órganos internos. Las víctimas llevaban 59 años esperando una compensación jurídica al perjuicio ocasionado por la toma del fármaco por sus madres y que distribuía en España el laboratorio alemán Grünenthal, que fabricó el producto y lo comercializó, oficialmente, hasta el año 1961. Si bien «ganaron» en Primera Instancia, en una sentencia dictada por el Juzgado número 90 de Madrid en noviembre de 2013, un año después la Audiencia Provincial de Madrid consideró que la acción civil ya había prescrito.

Los magistrados de la Sala Primera del Supremo consideran correcta la interpretación de la Audiencia, que concluyó que la acción estaba prescrita por haber transcurrido «con creces» el plazo de un año establecido en la legislación civil para ejercer este tipo de reclamaciones.

A juicio de la Sala Civil del Supremo, este plazo de un año no podía ponerse en relación con el Real Decreto de 2010 dictado para conceder ayudas a los afectados «por razones de solidaridad», sino con períodos muy anteriores «en los que ya pudieron demandar a la empresa farmacéutica por ser indudable que los daños sufridos se debían a la talidomida», informan fuentes jurídicas.

El Tribunal Supremo deja a salvo, como ya hizo la Audiencia de Madrid, la posibilidad de futuras reclamaciones civiles fundadas en la aparición de daños no conocidos o la mayor gravedad de los actuales.

La decisión no ha sido unánime: se ha adoptado por ocho votos a uno. El magistrado que ha votado en contra ha anunciado voto particular, que se conocerá cuando se notifique la sentencia.

«Pensamos seguir luchando»

«Esa tendría que haber sido la votación de la mayor parte de los magistrados -ha afirmado a este periódico Ignacio Martínez, el abogado de las víctimas de la talidomida asociadas en Avite-. Lógicamente la sentencia ha sido un nuevo golpe, un mazazo, pero la verdad es que estamos curtidos». El letrado de la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España reitera, como ha publicado ABC, que este va a ser una piedra más de un largo camino y que afrontan la situación con mucha serenidad y piensan «seguir luchando». No descartan, pues, interponer un recurso contra la decisión del Supremo ante el Constitucional y llegarían incluso hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo.

Desde la representación jurídica del laboratorio alemán que comercializó el producto hasta 1961, Grünenthal, no se ha querido entrar en valoraciones sobre el fallo, conscientes del tema sensible que se está abordando, si bien se ha recordado que existen mecanismos de apoyo a las víctimas y subvención a través de la Fundación en Alemania. «Independientemente de la resolución del Supremo, la compañía desea reiterar una vez más que ya existen medios satisfactoriamente establecidos para que todos aquellos afectados por un producto que contuviese talidomida de Grünenthal, o de su distribuidor local en España, puedan beneficiarse de ayudas económicas: todos los afectados siguen teniendo derecho a recibir los mismos beneficios de la Fundación Contergan que ya reciben tanto las víctimas en Alemania y España que así lo han solicitado», que «incluyen una pensión mensual que puede alcanzar los 7.000 euros, según el grado de discapacidad».

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