Editorial ABC

El error de eliminar la doctrina Parot

Este tipo de personas no tiene cura ni es posible la rehabilitación, por lo que la única solución es la cadena perpetua revisable

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Pedro Luis Gallego, tristemente célebre por su apodo del "violador del ascensor", ha vuelto a ser detenido por la Policía, al imputársele cuatro nuevas agresiones sexuales. Fue condenado en 1992 a penas de 273 años de cárcel por el asesinato en Valladolid de Leticia Lebrato; por el asesinato y violación de la burgalesa Marta Obregón, y por otras 18 agresiones sexuales. Una condena que en 2013 expiró tras la derogación de la doctrina Parot, por lo que obtuvo la libertad. Este tipo de personas no tiene cura ni es posible la rehabilitación, por lo que la única solución es la cadena perpetua revisable.

Al margen de esta consideración, que se circunscribe a un sujeto tan deleznable como Gallego, merece la pena repasar el grave error que cometió el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) cuando tumbó la doctrina del cómputo de la pena que establecían el Supremo y el Constitucional para que asesinos y otros criminales en serie no vieran reducida su pena por beneficios penitenciarios.

Ya son cuatro los violadores excarcelados tras la fatídica sentencia de Estrasburgo que han reincidido. Por no hablar de los alrededor de 60 asesinos etarras que están ya en su casa gracias a tan lamentable fallo judicial. Y llama aún más al escándalo y al pesar que fuera un juez español en esa Corte europea, Luis López Guerra, el que más hiciera por la eliminación de la doctrina Parot desde su llegada al TEDH, un año después de que Zapatero abriese la negociación con ETA, cuando el propio López Guerra, de acreditado pedigrí socialista, era el "número dos" del Ministerio de Justicia. Hoy comprobamos de nuevo las dimensiones del "favor" que le hizo a España y a los españoles tan nefasto juez.

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