Una ley a ninguna parte

Pere Lluís Huguet, presidente del fórum de juristas contrarios al proceso Llibertats, analiza para ABC la «Proposición de ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república» catalana. Un texto que «no pasaría ningún filtro», afirma

Carles Puigdemont después de presentarse la futura ley de Transitoriedad Jurídica EFE
Àlex Gubern

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En lo que los partidos soberanistas creen que es el estadio final del proceso hacia la independencia, el pasado lunes presentaban, y entraban en el Registro del Parlament, la «Proposición de ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república» . El texto constituye una suerte de Constitución provisional hasta que en el periodo de un año desde la celebración del referéndum del 1 de octubre se pueda aprobar, según los planes independentistas, una definitiva. La ley de Transitoriedad, junto a la ley del Referéndum que previsiblemente se aprobará el miércoles junto al decreto de convocatoria de la consulta, constituye según los expertos consultados por ABC un «atropello democrático». Uno de ellos, Pere Lluís Huguet , presidente del fórum de juristas contrarios al proceso Llibertats, analiza para ABC en detalle un texto que, afirma, «no pasaría ningún filtro».

Tít. 1 Art. 1. «Estat català: República de Derecho»

«Aquí está la esencia de lo que tenemos entre manos», explica Pere Lluís Huguet. «Una característica esencial de un estado de derecho es precisamente el respeto a la ley y a la jerarquía normativa ». Huguet recuerda que «los catalanes votamos en referéndum un Estatuto cuyo artículo 222 precisa que para su reforma se requiere una mayoría cualificada, dos terceras partes del Parlament». «Ahora esta nueva ley implica crear un nuevo estado en base no a una mayoría cualificada, sino a una mayoría absoluta. Primer punto contrario a un estado de derecho», apunta.

Tít. V. Poder judicial y administración de justicia

Huguet recuerda que «para cualquier democracia la división de poderes es un asunto nuclear»: «Aunque en España llevamos años denunciando la estructura del CGPJ y la politización de la Justicia, los vocales del CGPJ se escogen por el Senado y el Congreso por tres quintas parte de las cámaras. Ahora, la ley que se nos presenta, señala que la Comisión Mixta que tendrá amplísimos poderes y capacidad para hacer los nombramientos, se escoge por mayoría absoluta. La composición de la sala que se convertirá en Tribunal Supremo procede además en su mayor parte del poder político».

Art. 87. Redacción de la Constitución

«Es realmente peligroso», apunta Huguet, «que se aluda a un proceso participativo» de la sociedad civil para incorporar propuestas para la futura Constitución, en un proceso no definido. «Desde el punto de vista constitucional esto es tremendo. Lo peor es que se dice que las conclusiones que emanan de ese foro constituyen un mandato que vincula políticamente a la asamblea constituyente. ¿Si esto es así, porque necesitamos una asamblea constituyente si no va a ser libre? Lo estrambótico es que luego el artículo 88 contradice el 87 al señalar que dicha asamblea tiene «plenos poderes».

Art. 15. Continuidad de los tratados internacionales

«Se cargan el principio de bilateralidad del derecho internacional al asegurar que todos los tratados firmados por España tendrán continuidad en Cataluña», apunta Huguet, «algo que solo sucederá obviamente si el otro país quiere». «Además, para ser sujeto de ese derecho debes ser reconocido como tal, algo que la ley no aclara, dándose por supuesto», añade. «Pensamiento mágico».

Art. 9. La doble nacionalidad

«La atribución de la nacionalidad catalana no exige la renuncia de la española ni de ninguna otra», apunta la ley. «Eso será si el Estado español quiere», apunta Huguet, que recuerda que «el criterio general es no reconocer la doble nacionalidad. Es decir, hay un reconocimiento de facto, pero si tengo doble nacionalidad, en España debo usar la nacionalidad española».

Art. 43. La Sindicadura electoral de Cataluña

«La composición de la Sindicatura Electoral es de traca», considera Huget. «Cuando en Cataluña se ataca a España pintándola como un país de poco nivel democrático, debe recordarse que la Junta Electoral Central la componen magistrados del Supremo escogidos por sorteo. Aquí se nos dice que los siete miembros de la Sindicatura serán escogidos todos por el Parlament. ¿Con qué mayoría? Absoluta, y no la reforzada, a su medida. Además, estas siete personas escogerán a dedo a todos los miembros de las sindicatura electorales comarcales, locales...»

La ley, en definitiva, «no cumple los estándares mínimos que fijan las constituciones modernas», zanja Huguet.

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