¿Es necesaria la unanimidad de los vecinos para vender un piso que pertenece a la comunidad?

Si uno solo de los propietarios no está de acuerdo con la venta, no se puede realizar

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-Vivo, como propietario, en un inmueble de diez plantas. Hay un ático que pertenece a la comunidad, y que hasta hace poco tiempo ha sido utilizada por el portero. Se ha jubilado y, al no buscar sustituto, está vacío. La mayoría de los vecinos quiere venderlo , pero hay uno que se niega. ¿Es necesaria la unanimidad o es suficiente una mayoría de la comunidad de vecinos? (Consulta de Javier Rahola)

Responde el responsable comercial del grupo inmobiliario Cadbe, José Ramón Leal Ortuño

Lo más importante es que la decisión de venta debe ser adoptada en junta por unanimidad, de forma que si uno solo de los propietarios no está conforme, no será posible realizar la venta. Por eso pensamos que la Ley de Propiedad Horizontal tendría que reformarse para que sea el presidente, asesorado por el administrador, el que pudiera decidir el destino de esta vivienda.

En cambio, si es el alquiler lo que se vota, es suficiente con que así lo decidan las 3/5 partes de los propietarios, siempre y cuando representen las 3/5 partes de las cuotas de participación.

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