¿Qué mayoría se necesita para cerrar una parte de la urbanización y hacer desvanes?

Si se pretende construir trasteros, será necesaria la unanimidad

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Resido en una urbanización de dos bloques de viviendas -unos tres mil vecinos- que tiene amplias zonas comunes. Una de estas, que está cubierta, un nutrido grupo de vecinos quiere cerrarla del todo, con una pared, y convertirla en pequeños desvanes para guardar objetos, muebles, bicis…. Hay quien se opone con el argumento de que no habría para todos, o que de ello se derivaría un coste elevado. Si en algún momento el tema se lleva a la junta de vecinos, ¿qué mayoría se requeriría para sacar adelante el proyecto? En ese caso, ¿haría falta algún tipo de permiso o licencia municipal para las correspondientes obras? (Consulta de Toni Méndez)

Responde Asunción Santos, abogada de Legálitas

Depende de que sea exactamente lo que se quiera hacer.

En principio si las zonas comunes no tenían asignado un uso específico y lo que se va a hacer no es una construcción en forma, sino una instalación para que todos los vecinos puedan guardar cosas, entendemos que podría ser de aplicación lo establecido en el art. 17-4 de la Ley de Propiedad Horizontal, de modo que ningún propietario puede exigirla puesto que se trata de una instalación no necesaria. No obstante, podría acordarse la instalación con el voto favorable de 3/5 partes del total de los propietarios que, a su vez representen las 3/5 partes de las cuotas de participación. Pero si la cuota de instalación excede del importe de 3 mensualidades ordinarias de gastos comunes, el propietario disidente no resultará obligado al pago. Además hay que tener en cuenta que no podrán realizarse innovaciones que hagan inservible alguna parta del edificio para el uso y disfrute de un propietario, sino consta su consentimiento expreso.

Pero si de lo que se trata es de hacer auténticas construcciones para que los vecinos que lo deseen puedan adquirirlas como trasteros, de modo que dejaran de ser elementos comunes y pasaran a ser privativos, entendemos que ello implicaría un cambio en el titulo constitutivo que requeriría unanimidad.

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