Las obligaciones de formación afectan a unos 200.000 trabajadores del sector en España
Las obligaciones de formación afectan a unos 200.000 trabajadores del sector en España - ISABEL PERMUY

La banca deberá certificar que su personal de venta está formado para asesorar a clientes

Las entidades financieras y gestoras españolas podrán usar pruebas internas para examinar a sus 200.000 empleados y no recurrir así a evaluadores externos

MADRID Actualizado: Guardar
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El supervisor europeo de mercados (ESMA) quiere reforzar la protección de los ahorradores al suscribir productos financieros. Para ello, y a través de la directiva Mifid 2, exige a bancos y gestoras que demuestren que su personal de venta tiene conocimientos y competencias suficiente para informar y asesor a los clientes. En ese contexto, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sacó ayer a consulta pública la guía técnica ( consúltala aquí en PDF) con los criterios de esa evaluación en España y que dan cierta flexibilidad al sector: las entidades financieras podrán recurrir a examinadores y títulos externos o a una evaluación interna para chequear los conocimientos a sus 200.000 empleados.

La guía estará abierta a alegaciones y comentarios hasta el 10 de mayo.

El objetivo de la CNMV es aprobarla antes de principios de julio, cuando España debe haber traspuesto al ordenamiento jurídico nacional la directiva Mifid 2, y entrará en vigor el 3 de enero de 2018. A partir de entonces, los empleados de banca podrán trabajar un máximo de cuatro años sin un certificado de sus conocimientos financieros, pero siempre vigilados por un supervisor.

Las autoridades europeas dejaban en manos de los supervisores bursátiles nacionales concretar las pautas de esa evaluación y daba cierto margen de maniobra para aplicar unos requisitos u otros. Aunque no pocas entidades financieras han anunciado ya grandes planes de formación para sus empleados a través de evaluadores externos, como Santander, BBVA, Caixabank y Bankia, la CNMV, tras consultar a patronales, sindicatos y empresas evaluadoras, ha optado por dar flexibilidad y permitir también la evaluación interna. En ese caso, y para reforzar los controles y velar por el cumplimiento de la directiva, esos planes de formación deberán estar chequeados por la unidad de cumplimiento normativo de la entidad y, en último término, por el consejo de administración.

Además, fuentes del organismo presidido por Sebastián Albella indican que las entidades, a raíz de una circular de la CNMV, ya tenían cierto grado de preparación de sus plantillas, y que ahora se trata de reforzarlo con esa evaluación. Así, por ejemplo, y según una encuesta hecho por la propia Comisión, el 72% de los empleados de banca que ofrecen los servicios de información y asesoramiento tienen un título universitario, un 14% el de bachiller y un 4% estudios primarios. Además, casi la mitad de los profesionales que asesoran a clientes tienen ya alguna certificación externa.

Experiencia previa

La CNMV obliga a someter a un mínimo de 80 horas de formación al personal de información y de 150 horas al que asesora, además de acreditar seis meses de experiencia previa, y a ambos a una formación continuada de 20 y 30 horas anuales respectivamente. Lo que las entidades no podrán convalidad como conocimiento son los años de experiencia que acumulan.

Las entidades, según se establece en la guía técnica, deberán recoger esas acreditaciones en el registro de cada empleados y mantenerlo actualizado. A grandes rasgos, el personal de venta deberá demostrar conocer las características, riesgos y aspectos esenciales de los productos de inversión que vende; el importe de los costes y gastos que suponga para el usuario; el funcionamiento de los mercados y cómo estos afectan a la fijación de precios, y el impacto que la macroeconomía y acontecimientos en los mercados pueden tener en esos productos, entre otras cosas.

El supervisor bursátil nacional, que en su primera práctica de «mystery shopping» detectó deficiencias en la comercialización de productos financieros, vigilará el cumplimiento de la guía técnica y las obligaciones de formación dentro de sus planes ordinarios de supervisión.

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